Columna de Nicolás Eyzaguirre: “Un punto clave pendiente: Sistema electoral”
Si el sistema electoral no previene la actual fragmentación -y hasta podría agravarla-, a la hora de discutir las leyes que aterrizarán el nuevo texto podría emerger una severa anomia, que mantenga una insalvable distancia entre las aspiraciones constitucionales y las realidades legales.
Próxima ya la propuesta constitucional, cabe relevar un tema central que esta decidió no abordar. Se trata de cómo serán electos los integrantes de la cámara de las regiones y del congreso de diputada(o)s. Porque una cuestión central del ordenamiento de la vida en común es el de la distribución del poder de decisión sobre los asuntos que la norman.
Se sabe ya que el texto innovará en derechos sociales, paridad, regionalización, pueblos originarios y medio ambiente. En mucho menor medida, empero, propondrá cambios sobre los pesos y contrapesos en este nuevo sistema de presidencialismo bicameral asimétrico. Es más, la real dimensión de estos cambios la sabremos solo cuando se resuelva el sistema electoral.
La pregunta es si las nuevas aspiraciones constitucionales podrán ser procesadas y avanzadas en el marco de una forma de distribución del poder que pareciera se mantiene en sus rasgos principales. Porque no podemos olvidar que la capacidad de consensuar soluciones a demandas ciudadanas se había ya desgastado al extremo. Y, peor aún, esta cuasi parálisis había derivado en claros desbordes populistas. La saga de la reforma de pensiones y las iniciativas parlamentarias para posibilitar retiros masivos de fondos son su ejemplo más claro.
Ningún régimen político, sea este parlamentario o presidencial, sobrevive a un parlamento fragmentado, donde impere el énfasis por lo popular y de corto plazo, y donde se hace difícil priorizar unos temas por sobre otros y, aún más importante, mantener a buen recaudo la sustentabilidad de las políticas, única forma de responsabilizarse de las necesidades futuras.
Si el sistema electoral no previene la actual fragmentación -y hasta podría agravarla-, a la hora de discutir las leyes que aterrizarán el nuevo texto podría emerger una severa anomia, que mantenga una insalvable distancia entre las aspiraciones constitucionales y las realidades legales. Porque el bicameralismo puede contener las iniciativas populistas que se originen en el Ejecutivo o en lo(a)s diputado(a)s. Si se mantiene un bajo número de representantes por región, es dable suponer que la cámara de las regiones será menos fragmentada y polarizada. Pero nada hace para fortalecer los consensos; y una constitución no sólo debe proveer contrapesos, sino también mejorar la gobernabilidad y estimular la búsqueda y acuerdo de soluciones comunes. Es bueno destacar que este problema trasciende a las opciones del apruebo/rechazo, justamente porque nuestro ordenamiento actual se ha vuelto completamente disfuncional. Puesto de otra forma, esto requiere ser abordado en cualquier evento.
Las fórmulas usadas en países desarrollados para evitar la fragmentación y estimular el orden al interior de las corrientes de opinión contienen, en general, tres elementos. El primero es un esquema de elección uninominal o, si el sistema electoral es proporcional, lo que es propio de las culturas multipartidistas, la votación es en listas cerradas y bloqueadas, esto es, se vota por una lista no por un(a) candidato(a) en particular. También los hay mixtos, como en Alemania. Cualquiera de estos dos esquemas promueve la disciplina de lo(a)s parlamentario(a)s con la lista en que resultaren electo(a)s (sino será improbable su reelección, pues no será presentado(a) o llevado(a) nuevamente en la lista). El segundo es que aquellas listas que no obtengan una fracción del electorado nacional superior a un umbral (5% por ejemplo), no eligen representantes. Por último, las listas representan partidos o pactos entre ellos, mientras los independientes deben postular sin agruparse y presentar un número significativo de apoyos. Esto evita la excesiva fragmentación.
El esquema de listas cerradas, contrariamente a lo que pudiera parecer, no tiene como objetivo restringir la libertad de elección de quien vota, sino garantizar la fidelidad del representante con el representado. Si se vota individualmente por un(a) candidato(a) en una lista, quién resulta electo buscará amasar más preferencias durante su ejercicio, por lo que resistirá iniciativas que sean necesarias cuando estas pudieran resultar impopulares y, por el contrario, será atraído hacia la gestión de intereses especiales que le den base a su próxima campaña. Estas conductas harán muy difícil acordar prioridades y minará la responsabilidad legislativa. Con ello se perjudicará a los propios votantes, quienes, al ser esta una conducta generalizada, no responsabilizarán a su elegido(a) por los costos enormes que estas dificultades entrañarán. Es lo que se conoce como la tragedia de los comunes. La actividad parlamentaria disciplinada, en torno a lineamientos de bancadas que obedecen a una cosmovisión con historia y planteamientos generales conocidos, hace que el votante pueda identificar fácilmente si se actúa consecuentemente y decida seguir o no votando por ellas. Y hablamos de bancadas de partidos que la ley debe fortalecer en su democracia interna, y que puedan provenir, en buena hora, de nuevos colectivos que se organicen y logren raigambre popular y desafíen así a las colectividades existente que se pudieran anquilosar.
Nada de lo anterior es contradictorio con la participación ciudadana que, en el mundo entero, está encontrando nuevos cauces que debemos fortalecer. Son reglas necesarias para el funcionamiento de una democracia representativa.
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