Columna de Pamela Figueroa: El sistema político en la nueva Constitución
Por Pamela Figueroa, Instituto de Estudios Avanzados, Observatorio Nueva Constitución
Quiero iniciar esta columna rindiendo homenaje a Ángel Flisfisch, con quien tuve la oportunidad de tener largas y constantes reflexiones sobre el sistema político chileno. En los últimos años veníamos analizando lo que parecía un consenso: la crisis de las instituciones políticas. De aquí la relevancia de la propuesta que ofrece el nuevo texto constitucional. La crisis de legitimidad se expresó en una distancia entre la ciudadanía y la política, y en un régimen político bloqueado y trabado, donde la tensión entre los poderes Ejecutivo y Legislativo hacía muy difícil avanzar en legislación y políticas públicas que abordaran las principales demandas de la ciudadanía. Un círculo vicioso que estancaba la actividad política y la confianza hacia las instituciones.
El sistema político propuesto en el nuevo texto constitucional por la Convención tiene componentes de cambio y de continuidad. El principal cambio está dado por la forma de Estado. La Convención Constitucional ha definido al Estado chileno como uno de carácter regional, plurinacional e intercultural, lo que sin duda marcó el camino del debate sobre las características del régimen político. Un segundo aspecto relevante de cambio es la incorporación de nuevos actores: mujeres y pueblos originarios. Definir la democracia como paritaria y plurinacional, abre un espacio de inclusión de actores sociales que han estado subrepresentados en la democracia chilena.
El diseño del régimen político es donde vemos mayor continuidad. A pesar de posturas iniciales por un semipresidencialismo, parlamentarismo, o mantener el presidencialismo, pero atenuado, la gran distancia de posiciones sobre el diseño institucional generó un complejo escenario de negociaciones en la Comisión de Sistema Político, y luego en el Pleno, lo que llevó finalmente a un acuerdo donde primó el régimen presidencial y un bicameralismo que varía en su nomenclatura y funciones. De acuerdo al nuevo diseño, la Presidencia de la República concentrará sus poderes en tres ámbitos específicos: el económico, la seguridad, y la potestad reglamentaria. El Poder Legislativo por su parte se compone del Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones. Probablemente este es uno de los cambios que llama más la atención, dado que la segunda cámara ya no será el Senado como lo hemos conocido, sino una Cámara de representación regional. Las iniciativas legislativas podrán provenir del Ejecutivo, como del Legislativo, y también desde la ciudadanía, mediante iniciativas populares de ley e iniciativas de los pueblos originarios.
El nuevo diseño incluye contrapesos entre los poderes del Estado, y amplía la representación a grupos antes excluidos, lo que es una buena noticia. Aún queda por fortalecer incentivos a la cooperación y el consenso, lo que la futura legislación deberá abordar en la regulación de las organizaciones políticas y el sistema electoral.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.