Columna de Pamela Figueroa: ¿Quiénes debieran redactar un nuevo texto constitucional?

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Esta es una pregunta que nos hemos hecho recurrentemente durante los últimos años. Y, de hecho, para quienes han cumplido roles estratégicos en torno al cambio constitucional, se ha dificultado de tal manera la tarea de responder esta pregunta, que el único momento donde se avanzó en una decisión, fue hace justamente tres años, cuando se celebró el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución.

Para retrotraernos a un momento anterior, recordemos que, en el programa de gobierno de Bachelet (2013), si bien señalaba como una de sus principales reformas el cambio constitucional, no definía el mecanismo. Esto no fue casualidad, si no que mostraba la imposibilidad de llegar a acuerdo entre las fuerzas políticas de la Nueva Mayoría. En abril de 2017, la Presidenta Bachelet envió un proyecto de reforma al Congreso para convocar la elección de una Convención Constitucional que sería el órgano que redactaría un nuevo texto a partir de las Bases Ciudadanas emanadas del proceso participativo desarrollado en 2016. El texto nunca se tramitó, y paradójicamente recién fue “sacado del cajón” en pleno estallido social de 2019.

En noviembre de 2019, en un contexto de manifiesta crisis, el Congreso fue la arena donde se fraguó uno de los acuerdos políticos más relevantes de las últimas décadas: la reforma constitucional que habilitaría a la ciudadanía, mediante un plebiscito, a decidir sobre el cambio constitucional. En el mismo acto electoral debía decidir si quería el cambio constitucional, y su preferencia sobre el tipo de órgano constituyente. El acuerdo logró ofrecer alternativas, pero se le dio a la ciudadanía la tarea de definir. El mecanismo electoral para ambos casos se basó en la última discusión que dieron nuestros representantes con respecto a las reglas del juego de la representación política: la reforma al sistema electoral de 2015. Es así que el lineamiento para la elección de la Convención, repite la proporcionalidad y los distritos ya acordados en 2015, e innova en paridad, escaños reservados e independientes.

Luego del rechazo a la propuesta presentada por la Convención en 2022, pareciéramos estar nuevamente en el punto 0, pero en realidad estamos en otro momento, enfrentando el mismo problema. La oposición a regañadientes propone un órgano constituyente de 50 personas electas, la alianza de gobierno propone un órgano de 90 + 9, considerando a pueblos indígenas, y se plantea flexibilidad en el número final.

Como corolario, la respuesta es que nuevamente es tiempo de la política. El órgano constituyente requiere ser resultado de una articulación política amplia, las reglas del juego de quienes nos representarán en la redacción de un nuevo texto deben dar garantías a todos, y basarse en el principio democrático. Así, finalmente, contar con legitimidad ciudadana y política para su futura aprobación e implementación.

Por Pamela Figueroa, Instituto de Estudios Avanzados Usach