Columna de Pilar Hazbun: Cambios necesarios al Poder Judicial
En medio del remezón que sufre la Corte Suprema, que derivó en la destitución de dos de sus ministros, el Gobierno ingresó su reforma al Poder Judicial, la cual debiera comenzar a tramitarse esta semana en el Congreso. En términos generales, se trata de una reforma bien orientada, que reconoce un diagnóstico común y considera elementos de propuestas pasadas.
Bajo el sistema actual, la Corte Suprema, además de ejercer funciones jurisdiccionales (conocer y resolver los conflictos de relevancia jurídica y hacer ejecutar lo juzgado), dedica parte importante de su tiempo a labores de índole administrativa (nombramientos, formación de jueces, función disciplinaria, gestión y administración de recursos, etc.). Estas funciones suponen una amenaza a la independencia de los jueces, pues como el avance en la carrera judicial depende de los superiores jerárquicos, los jueces inferiores tienen un incentivo para fallar como los superiores para obtener su beneplácito en los nombramientos. Por otra parte, las falencias del sistema de nombramiento de los jueces (falta de consideración del mérito, opacidad, lentitud, entre otras) se arrastran hace años y han sido variadas las propuestas que se han presentado al respecto.
Para hacerse cargo de estos problemas, la reforma del Ejecutivo plantea separar las funciones jurisdiccionales de las administrativas, en distintos órganos autónomos. Esta solución, ya planteada anteriormente, parece razonable, pues al no concentrar todas las funciones administrativas en un solo órgano, disminuye el riesgo de captura política.
En materia de nombramientos, que es lo más cuestionado en el último tiempo, se propone la creación de un Consejo de Nombramientos Judiciales. Éste se encargará de proponer ternas jerarquizadas al Presidente de la República para los cargos de ministros y fiscales de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones y jueces letrados y otros funcionarios del Escalafón Primario del Poder Judicial. Estas ternas se elaborarán sobre la base de la calificación que haga el Consejo de los resultados obtenidos a partir de los instrumentos de evaluación del mérito de los postulantes, lo cual es esencial si se busca terminar con un sistema que privilegia la antigüedad por sobre el mérito. Tratándose de los ministros y fiscal judicial de la Corte Suprema, se requerirá, además, el acuerdo del Senado, por dos tercios. Aunque para algunos esta última medida podría significar que persistan los problemas, lo cierto es que también existen razones que la justifican, tales como mantener el equilibrio entre las diversas sensibilidades políticas en el máximo Tribunal.
En todo caso, y sin perjuicio de algunos ajustes al proyecto de ley y cambios legales necesarios para hacer operativa esta reforma, ni los mejores resguardos institucionales son capaces de resistir por mucho tiempo si los actores que operan en ellos no muestran ningún compromiso con los fines para los cuales fueron diseñados. De aquí que es importante que todos los actores involucrados no pierdan el norte: asegurar la independencia judicial.
Por Pilar Hazbun, coordinadora de Asuntos Legislativos y Jurídicos de Libertad y Desarrollo