Columna de Susana Sierra: Ampliando la responsabilidad de las empresas
Gustave Le Bon decía que “la anarquía está en todas partes cuando la responsabilidad no está en ninguna”.
No creo que el sociólogo francés, autor de grandes aportes al estudio de las dinámicas sociales y grupales, haya sido la inspiración detrás de la recientemente promulgada Ley de Delitos Económicos y Ambientales. Pero la frase resume de alguna manera el espíritu que esta busca y los efectos que conlleva, al ampliar la responsabilidad de las personas naturales y jurídicas para prevenir los llamados delitos de “cuello y corbata”.
Porque entre las novedades que incorpora está no solo endurecer las sanciones por la responsabilidad de una empresa u organización sobre los delitos que puedan cometer sus ejecutivos, directores o empleados. También le asigna responsabilidad sobre los delitos que cometan terceras partes y de los cuales la compañía se pueda haber visto beneficiada directa o indirectamente.
Dicho en simple: ahora el brazo de la ley es más largo para una empresa, ya que no basta que ésta juegue limpio, sino también que todos aquellos con los que se relaciona comercialmente lo hagan. Un ejemplo ficticio: si una constructora trabajara con un contratista y éste empleara -sin informarle- inmigrantes ilegales para pagarles menos y bajar los costos, la constructora no podría evadir su propia responsabilidad penal alegando desconocimiento.
Aunque da lo mismo el tamaño de la compañía, las Pymes pueden verse especialmente afectadas, ya que en general se han preocupado menos de adoptar políticas de compliance que estén en línea con las regulaciones que se han ido implementando. Si no se suben al carro arriesgan perder oportunidades de negocio, porque las compañías más grandes difícilmente se asociarán con alguien que no les dé garantías de que cumple con las reglas del juego.
Las grandes empresas también enfrentan riesgos a los cuales poner atención. Por ejemplo, las multinacionales suelen confiar a socios o equipos locales el manejo de culturas e idiosincrasias que no dominan cuando aterrizan en otro país. Deben tener claro que ante la ley no pueden desentenderse de su responsabilidad por lo que hacen o dejan de hacer sus socios, y que hacer la vista gorda ya no solo es moralmente inaceptable, sino perseguible penalmente.
Ante esta situación muchas empresas se están preguntando, con legítima preocupación, cómo asegurarse de que con quienes se vinculan comercialmente hagan las cosas bien para no tener problemas con la justicia. La respuesta está en un programa de compliance sólido, que ponga especial atención a sus relaciones externas.
Como es imposible confiar a ciegas en que todos actúan correctamente, un completo due dilligence es más imperativo que nunca. Tener un conocimiento acabado sobre la integridad y reputación de las terceras partes con las que se pretende interactuar facilitará una buena elección de estas y evitará costos reputacionales que pueden ser irreparables. Eso debe ir acompañado de una evaluación periódica, un monitoreo constante y la generación de evidencia respecto a cómo la compañía blindó sus relaciones con terceras partes frente a una eventual investigación. En lugar de entrar en pánico y desconfiar de todo el mundo, asegurémonos de conocer bien con quién nos estamos relacionando.
La Ley de Delitos Económicos y Ambientales no es un invento chileno, sino que responde al estándar cada vez más alto que se está exigiendo en los países más desarrollados. Prueba de ello es la actualización que en marzo hizo el Departamento de Justicia de EE.UU. a su guía de evaluación de programas de compliance corporativos; las directrices de la UK Bribery Act; la “Debida diligencia empresarial y responsabilidad corporativa” aprobada por el Parlamento Europeo el año pasado, y la nueva Ley de Cadena de Suministros y Debida Diligencia de Alemania. Esta última, por ejemplo, obligará a las empresas chilenas a buscar una forma de certificarse o demostrar que tienen bajos riesgos relacionados a temas sociales y ambientales para poder seguir siendo proveedores de firmas alemanas.
No olvidemos que en el mundo globalizado e hiperconectado en el que vivimos, todos somos la tercera parte de alguien. Si las multinacionales mantienen políticas de buenas prácticas corporativas y les exigen a las grandes empresas nacionales hacer lo propio como condición para hacer negocios, y éstas a su vez lo exigen a las compañías medianas y pequeñas, se creará un círculo virtuoso que terminará beneficiando al país en su conjunto.
Parafraseando a Le Bon, podríamos decir que cuando la responsabilidad está en todas partes, la anarquía no está en ninguna. Al ampliar el alcance de la responsabilidad de una empresa a lo que hagan también sus proveedores, contratistas, trabajadores y clientes en sus relaciones de negocios, alianzas o subcontrataciones, le estaremos poniendo más trabas a la corrupción para expandirse.
Por Susana Sierra, CEO de BH Compliance