Columna de Tomás Rau: Riesgos económicos de la nueva Constitución

Nueva Constitución


Por Tomás Rau, profesor asociado y director del Instituto de Economía UC

El borrador de la nueva Constitución presenta una serie de riesgos económicos evidentes. Uno de ellos proviene del derecho de propiedad privada que queda magullado con la redacción florida del “justo precio” en el caso de expropiación. El otro se refiere a la autonomía del Banco Central, que queda expuesta a la interpretación política de las actuaciones (económicas) de los consejeros que con su voto hubieren afectado la consecución del objeto del Banco.

Respecto al derecho de propiedad, hay dos diferencias importantes con la actual Constitución. La expropiación no compensa el daño patrimonial causado como expresa la Carta Magna vigente, sino que retribuye un “justo precio”. Más allá que el justo precio ha tenido por siglos distintas interpretaciones (economía y filosofía escolástica, economía clásica, etc.), algunos defensores de esta redacción han esgrimido que el justo precio correspondería al valor de mercado de acuerdo con la jurisprudencia civil del país. Sin embargo, la incorporación de sistemas jurídicos de los pueblos originarios (pluralismo jurídico) hace dudar si dicha jurisprudencia será efectiva en el nuevo sistema judicial. El otro punto se refiere a que no se garantiza el pago al contado en efectivo y se deja abierta la modalidad de pago e incluso que esta pudiera ser en cómodas cuotas. Esta redacción mañosa desincentivará y/o dilatará proyectos de inversión a la espera de ver cómo opera el nuevo sistema jurídico.

La autonomía del Banco Central se ve amenazada por cuanto se agregan nuevos objetivos como el “contribuir al bienestar de la población” y acusaciones a los consejeros por parte de los congresistas por tres causales. Las dos primeras hacen sentido y se refieren a temas de probidad e incompatibilidades. La tercera, y preocupante causal, es que los consejeros podrán ser destituidos por la Corte Suprema, previo requerimiento de la mayoría del Congreso de Diputados y Diputadas o Cámara de las Regiones, si hubieren “concurrido con su voto a decisiones que afectan gravemente la consecución del objeto del Banco”. Por ejemplo, un alza de tasas de interés es la herramienta correcta para enfriar la economía, pero puede producir una recesión técnica, como probablemente ocurrirá este año, y afectar el empleo. Sin embargo, esta medida tendrá impactos positivos en el mediano plazo sobre el control de la inflación, un impuesto altamente regresivo que afecta a los más vulnerables. Según el borrador de la nueva Constitución, bastaría con que la mayoría simple de los integrantes del Congreso o de la Cámara establecieran que los consejeros que votaron a favor del alza de tasas afectaron el bienestar de la población porque aumentó el desempleo para iniciar una acusación en su contra. Esto puede dar pie a acusaciones políticas por decisiones económicas bajo incertidumbre, lo que indefectiblemente afectará la autonomía de los consejeros del Banco Central.

Estos son solo dos ejemplos de riesgos económicos flagrantes de la nueva Constitución. Existen otras interrogantes, como el efecto en la economía que tendrá la descentralización fiscal y la posibilidad de que municipios y regiones emitan deuda, cobren impuestos, y creen empresas. Un guiño al federalismo latinoamericano que poco (y nada) ha sabido de bonanzas.