Columna de Yanira Zúñiga: Conciencia constitucional
Con la conformación de la Comisión Experta y del Consejo Técnico de Admisibilidad el nuevo proceso constituyente toma cuerpo. Más allá de las razones que me llevan a preferir una fórmula constituyente con un protagonismo ciudadano, lo cierto es que el método democrático es suficientemente elástico para admitir un modelo mixto como el que se propone para este nuevo proceso. Pero este diseño tiene sus propios problemas y desafíos, sobre todo frente a una transformación profunda de la esfera pública como la que atravesamos en Chile y en el mundo.
Según Habermas la ciudadanía busca de más en más participar en la construcción y en los beneficios de la democracia. Ella tiende a apropiarse de las idealizaciones constitucionales, las que, transformadas en expectativas y demandas concretas hacia un sistema político, configuran una conciencia colectiva trasmitida por generaciones. Cuando la promesa de participación es razonablemente satisfecha por un sistema constitucional -es decir, es plausible o creíble para la ciudadanía- la democracia se solidifica; de lo contrario, la frustración y la desafección electoral campean, carcomiéndola lentamente.
Está a la vista que la conciencia constitucional de la ciudadanía chilena es variada, expansiva y está insatisfecha. Abarca fórmulas clásicas del constitucionalismo liberal (como la dignidad), algunos pilares de la Constitución del 80 (como el derecho de propiedad); y también lógicas del constitucionalismo social (por ejemplo, la educación como derecho social) e instituciones recientes (como la paridad). Tal plasticidad no es sorprendente. Dicha conciencia se nutre de los derechos, que son el corazón ético, el estándar de racionalidad y el combustible del constitucionalismo. Por tanto, comparte los rasgos de éstos: su carácter no saturado y su veta contestataria. De ahí que la conciencia constitucional chilena parezca apuntar más allá del statu quo y, a veces, contra éste.
Dado lo anterior, creo que la función de los órganos expertos en el nuevo proceso constituyente no puede consistir en elaborar una reconstrucción del derecho constitucional chileno y comparado, resumida en una abreviatura elegante, coherente y precisa. Guste o no, consiste en algo más, para lo cual la experticia técnica no siempre es una brújula certera: ofrecer al Consejo Constitucional insumos capaces de reflejar (al menos, mínimamente) la conciencia constitucional de la ciudadanía chilena. Decodificar esa conciencia, repleta de expectativas diversas, incluso contradictorias, algunas de las cuales han sido defraudadas por décadas, no es sencillo. Requiere capacidad de observación y memoria de la crisis social. Habermas advierte que cuando las disonancias entre texto y conciencia constitucional se vuelven extremas o crónicas, emerge la protesta de masas y el populismo se abre camino. Poco importa a estos efectos que las constituciones sean bellas piezas lingüísticas, breves o maximalistas, tradicionales o innovadoras.
Por Yanira Zúñiga, profesora del Inst. de Derecho Público Universidad Austral de Chile
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