Columna de Yanira Zúñiga: Desmontando mitos IV: una Constitución escrita por expertos

Preparativos para la ceremonia de clausura de la Convención Constitucional en el salón de honor de la sede del Congreso Nacional en Santiago.


Según varios de sus detractores, la propuesta constitucional sería “técnicamente defectuosa”, inadecuada para el país. Para mejorar, debiera ser escrita por una “comisión de expertos”. La referida fórmula resulta intuitivamente atractiva. Delegar en las personas más competentes cuestiones importantes parece muy razonable. ¿No garantizaría eso -sugieren algunos- que la Constitución plasmara las mejores decisiones y de la mejor manera?

Sin embargo, el giro participativo del constitucionalismo global en las últimas décadas contradice esa intuición; no solo refleja un énfasis en una política democrática e inclusiva, sino el declive correlativo de las fórmulas tecnocráticas. Hay razones de peso para ello. Dichas fórmulas suponen que existen parámetros verdaderos o correctos de lo que debe hacerse en política constitucional. Algo así como recetas infalibles para necesidades o problemas concretos (en este caso, “lo que realmente (re)quiere la ciudadanía chilena”), susceptibles de ser descifrados fácilmente por ojos entrenados y traducidos a enunciados elegantes, breves y prístinos. Todo ello no pasa de ser un mito o un espejismo elitista.

En primer lugar, los parámetros para evaluar la política son muy heterogéneos, lo mismo que los intereses, grupos y demandas sociales. Nada indica que los expertos sean mejores arquitectos del bien común o del interés general que los no expertos, es decir, menos “partisanos” que el resto de las personas o grupos. Por otra parte, un debate constitucional entre expertos no permite presagiar una reducción significativa de la disputa política/interpretativa. La multiplicación de expertos puede multiplicar puntos de vista, sobre todo cuando lo que se discute son cambios sociopolíticos, articulados jurídicamente. Así lo muestra la Convención Constitucional, integrada mayoritariamente por juristas. En estos casos, la divergencia interpretativa refleja más una disputa sobre la preservación o transformación del statu quo que un debate técnico. En tercer lugar, no hay expertos en política constitucional. Nadie cuenta con información tan vasta y superior en el amplio y variado espectro de temas que abarca dicho campo. Cuarto, incluso los eruditos no están libres de los sesgos que los saberes que cultivan reproducen. ¿No han sido los expertos quienes a lo largo de siglos han omitido los problemas o necesidades de los más pobres, de las mujeres o de los pueblos indígenas?; ¿por qué podrían ellos descifrar mejor que los grupos concernidos y sus representantes las expectativas puestas en un debate constituyente? Por último, pero no menos importante, ¿qué podría justificar que personas conocedoras de ciertos temas (juristas o politólogos, por ejemplo) tengan mejor derecho para opinar sobre los asuntos públicos que nos afectan a todos? La política constitucional no puede excluir el conocimiento experto del cual se beneficia, pero no puede concebirse como un reino de expertos.

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