Columna de Yanira Zúñiga: ¿Son humanas las mujeres?
Ser humano es mucho más que ser ubicado en un casillero de una cierta taxonomía biológica. Consiste en un proceso social, moral, jurídico y político que reconoce ciertas cualidades distintivas de lo humano (como la conciencia, la voluntad, la capacidad de sentir dolor o de empatizar) e institucionaliza su protección. Ser humano no presupone tampoco definir la esencia de la naturaleza humana (como advirtió Arendt, eso supondría saltar de nuestra propia sombra), sino valorar, respetar y proteger aquello que hace que la vida humana, enraizada en el mundo social, prospere en armonía. Por eso, cuando ocurren violaciones graves y masivas de derechos, y las toleramos o justificamos, como sociedades nos deshumanizamos. De ahí que varios teóricos postulen que los derechos constituyen a los seres humanos y no al revés.
Las feministas han observado que las mujeres han tenido históricamente más dificultades para que se les reconozca el estatus de humanas. En Are Women Human? la siempre provocadora Catherine MacKinnon cuestiona que las prácticas jurídicas traten a las mujeres realmente como humanas. El reciente debate en el Consejo Constitucional alrededor del aborto demuestra la pertinencia de esa pregunta.
En efecto, en la regulación de la reproducción y el cuidado es posible observar con nitidez que las mujeres son concebidas, más que como humanas, como una suerte de cyborgs. Muchos de los que ven signos concretos de humanidad en células embrionarias (como quienes equiparan al nasciturus con un individuo singularizado y autónomo) o destellos de conciencia en estructuras organizacionales (como quienes defienden la objeción de conciencia institucional), tienen, en cambio, muchas dificultades para ver humanidad en la existencia concreta de las mujeres. Estas son tratadas, a menudo, como incubadoras, cuerpos desprovistos de voluntad y razón, puestos al servicio de fines que son más ajenos que propios. En lugar de ser arquitectas de sus propias vidas, devienen piezas o personajes secundarios de historias ajenas, filamentos de sesudas controversias morales o jurídicas en las que sin importar cuál sea la tesitura involucrada no encajan sino de una única y determinada forma. Mientras la humanidad de unos se moldea a voluntad, por imperativos materiales y espirituales autoimpuestos, se justifica habitualmente en la exclusión (o hasta en el pisoteo) de intereses ajenos; la humanidad femenina consiste regularmente en otra cosa: no apartarse de un camino prefijado (procrear y cuidar) y comportarse de manera altruista o abnegada.
Tal asimetría de significado -que no está ínsita en reglas jurídicas sino en el imaginario social- determina que muchos asuman que la preservación de la libertad, vida y conciencia de unos debe hacerse a costa de la autonomía, convicciones y planes de vida de las otras. El texto constitucional no es más que un (pre)texto para activar una hermenéutica de deshumanización femenina tan eficaz como inadvertida.
Por Yanira Zúñiga, profesora del Instituto de Derecho Público Universidad Austral de Chile