Contraloría y permisos de construcción



Distintos estamentos -entre ellos la Cámara Chilena de la Construcción, la Asociación de Directores de Obras y Profesionales de las Direcciones de Obras, y el Colegio de Arquitectos- han levantado una voz de alerta debido a los numerosos casos en que la Contraloría General de la República ha invalidado permisos de construcción ya otorgados por las respectivas direcciones de obras, alegando que con ello se produce un grave cuadro de incertidumbre jurídica que perjudica la actividad inmobiliaria y a toda la cadena de profesionales que interviene en dicha actividad.

Se trata de un problema de especial complejidad, que requiere atención preferente, porque es evidente que al existir una superposición de facultades entre el organismo técnico y la Contraloría, los desarrolladores inmobiliarios carecen de la indispensable certeza para poder llevar a cabo sus actividades con normalidad. Lo anterior no podría implicar que posibles irregularidades o reclamaciones en la otorgación de estos permisos no encuentren debida acogida y sanción, pero es evidente que ello debe seguir un solo canal, con procedimientos predecibles y que permita en plazos razonables entregar las certezas de que si un permiso es otorgado siguiendo los caminos que ha fijado el propio Estado, aquel no pueda ser revocado sino bajo causales muy específicas.

Tanto la doctrina de los tribunales como de la propia Contraloría había sido consistente con la noción de que si una autoridad comete un error en una actuación de su competencia, ello no podría acarrear sin más la nulidad del acto, porque se afectaría injustamente a terceros que de buena fe pusieron su confianza en los organismos del Estado para adquirir legítimos derechos que se entienden como parte de su patrimonio. El estado de derecho descansa precisamente en los principios de certeza y seguridad jurídica, y excepto que se pueda demostrar mala fe o actuaciones manifiestamente ilegales, la institucionalidad debe dar plenas garantías de que estos pilares serán respetados celosamente.

En los últimos años es evidente que se ha producido un cambio de criterio en la Contraloría -también hay ejemplos de algunos fallos de tribunales superiores que han resultado desconcertantes-, al decidir entrar a pronunciarse sobre reclamaciones de fondo respecto de los permisos de construcción, lo que si bien podría estar dentro de sus facultades -aun cuando esto es discutido por algunos juristas-, inevitablemente ha provocado como efecto la colisión con las direcciones de obras, generalmente por interpretaciones discrepantes sobre la forma de aplicar las exigencias contenidas en los planes reguladores. El resultado es que los permisos de edificación han comenzado a perder su certeza, al no tener claridad sobre a qué atenerse.

Resulta evidente que a esta situación se le debe dar una salida legislativa, tal que los derechos de los desarrolladores inmobiliarios y de aquellas partes que se pudieran sentir perjudicadas por la realización de un proyecto se vean debidamente armonizadas. Ello implica que las direcciones de obras sean reconocidas como la instancia técnica definitiva, y donde las controversias sean resueltas ante los tribunales, evitando que la Contraloría deba asumir roles jurisdiccionales.

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