Contraloría y nueva Constitución
SEÑOR DIRECTOR:
Desde su génesis, en la Misión Kemmerer (1925), la Contraloría General de la República venía a subsanar la desorganización del Estado en la recepción e inversión de los fondos públicos. Para lograr su cometido, la ley le entregó la facultad de examinar las cuentas de funcionarios a cargo de recursos del Fisco. Si existían irregularidades en el manejo de fondos fiscales, Contraloría podía perseguir la responsabilidad civil contable en un “juicio de cuentas”, llevado ante el subcontralor y, eventualmente, ante un tribunal colegiado integrado por el contralor y dos jueces.
La Comisión Experta, en su anteproyecto constitucional, propone sustraer de la Contraloría dicha facultad, porque estaría ejerciendo funciones jurisdiccionales siendo un órgano administrativo. Así, el juicio de cuentas debería ser de competencia de tribunales ordinarios.
Más allá de los reparos a cómo se entiende la jurisdicción en Chile, la propuesta de la Comisión es atendible, puesto que se podría entender que, en los juicios de cuentas, Contraloría haría las veces de juez y parte. Pero también es preocupante, porque implicaría dejar la revisión del manejo contable de bienes fiscales a tribunales que se demoran de 4 a 8 años en resolver juicios de su competencia.
Una solución que se propuso al proyecto de nueva Constitución es crear un tribunal especializado con jueces externos a la Contraloría, dejándole la acción para “activar” el juicio de cuentas a esta última institución; algo no extraño al sistema chileno: en materia tributaria nos enfrentamos a un problema semejante y se propuso una solución similar por medio de la Ley 20.322, que creó los tribunales tributarios y aduaneros.
Karin Moore
Nicolás Ossandón
Clapes UC