Derecho a la ciencia


Por Iván Suazo, Vicerrector de Investigación y Doctorados, Universidad Autónoma de Chile

Un grupo de constituyentes presentó una norma para garantizar el «derecho a la ciencia». Muy pocos saben que la ciencia está en el corazón de los derechos humanos desde el principio, específicamente en el artículo 27 de la Declaración Universal de 1948 en el que se establece que «toda persona tiene derecho a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten». Años más tarde se incluyó en el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, pero su complejidad teórica y la amplitud de sus implicaciones causaron que tuviese escaso desarrollo, hasta el extremo de hacer de este derecho un gran desconocido para la comunidad científica, los defensores de los derechos humanos, los diplomáticos y las autoridades nacionales e internacionales.

La ciencia es un derecho en sí mismo, pero además tiene un rol fundamental en el desarrollo de otros derechos como la salud, la alimentación o el agua. Se debe garantizar el conocimiento, la divulgación, la calidad, el acceso y la participación, como el resto de los derechos. El mundo moderno no puede comprenderse sin entender el papel de la ciencia, por ello resulta esencial que la sociedad chilena tome conciencia de su importancia y de su influencia. En este momento crucial para el país, los investigadores/as están llamados a tener un rol más activo como actores sociales, participando en diálogos transversales y comprometidos con la búsqueda de soluciones que contribuyan a transformar a Chile. No es suficiente que su aporte consista en indicar el qué o por qué de las cosas, sino colaborar en el cómo debiera enfrentarse el futuro. Eso implica que los científicos se involucren en la política, asumiendo responsabilidades públicas, despojándose de la comodidad de la academia o la docencia.

El modelo de desarrollo futuro, el que definiremos en nuestra Constitución, debe incorporar a la creación de conocimiento en su rol como elemento base para dejar de depender de fuentes extranjeras, una dependencia que será una traba para crecer como país. Por eso es tan importante la iniciativa presentada en la Convención Constitucional la que consta de tres partes: derecho a beneficiarse de los conocimientos y sus aplicaciones, y a gozar de sus beneficios; libertad de creación e investigación y la difusión de los resultados de ésta, fomentando el intercambio de datos e ideas y producción de conocimientos de manera descentralizada, con equidad de género y territorial; y protección contra usos indebidos de los conocimientos y la tecnología.

En su base no se distancia mucho de lo ya firmado por nuestro país; en su momento los estados se comprometieron a tomar las medidas «necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia» y se comprometieron a respetar la «indispensable libertad para la investigación científica». Hay poca conciencia de este derecho, quizás porque se trata de un tema que a primera vista es demasiado abstracto y cuesta darle forma, articularlo y sentar las bases para que los gobiernos lo respeten.

Pero ¿qué es la ciencia? Esta no es gente en bata blanca metida en laboratorios descubriendo cosas abstractas de confusa utilidad. La ciencia son las vacunas que nos permiten enfrentar el Covid-19, son nuevas tecnologías de reciclaje de agua a base de luz solar para superar la crisis hídrica o la comprensión de los fenómenos sociales. Es hacer el mundo más comprensible, es empatizar fácilmente con cualquier persona del planeta gracias a las nuevas tecnologías. Todo eso, y muchísimas cosas más que necesitamos, el acceso a la ciencia y sus logros es, sin lugar a duda, un derecho humano de primer orden. En resumen, poner a disposición de cada ser humano las innovaciones esenciales que permitan vivir con dignidad. Ni más, ni menos. La democratización del conocimiento que necesitamos como pilar fundamental del desarrollo en el nuevo Chile.

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