Derecho de propiedad y desarrollo
Por Felipe Balmaceda, investigador del Instituto Milenio MIPP, UNAB-IPE, ISCi
Los derechos de propiedad son aquellos que confieren a sus titulares la facultad inalienable y exclusiva sobre sus bienes, ya sean inmuebles, financieros o ideas. Estos son esenciales para el desarrollo de un país. Cuando ellos están ambiguamente definidos o están sujetos a arbitrariedades, se producen una serie de anomalías que van en detrimento del desarrollo.
Estos son fundamentales por muchas razones. Primero, permiten acceder a capital financiero a un interés menor, dado que el bien puede ser hipotecado. Sin acceso al crédito, se obstaculizan las inversiones, la formación de capital y el crecimiento económico.
Según Douglass North (1990), el costo del intercambio y la producción están determinados en gran medida por la calidad de las instituciones, definidas como restricciones creadas para reducir la incertidumbre en el intercambio y estabilizar las expectativas mediante la estructuración política, económica y social. Cuando estos derechos no están bien asegurados, los costos de transacción aumentan.
En el caso de la innovación, esta no solo es costosa, sino que también tremendamente incierta, debido a su naturaleza experimental. Ello implica que fracase frecuentemente y por esto su inversión no se recupera. El derecho de propiedad intelectual bien definido garantiza al innovador retornos que compensen los intentos fallidos.
Por último, Ronald Coase (1960) establece que cuando existe una actividad que resulta en un costo para otras personas que no se benefician de esa ella, si los costos de negociar son bajos y los de derechos de propiedad están bien definidos, es posible que los afectados encuentren un acuerdo en el cual la actividad de mayor valor social se lleva a cabo y los afectados son compensados por sus costos.
Lo anterior parece ser una cuestión conceptual de segundo orden, sin embargo, la literatura encuentra que, entre más seguros son los derechos, mayor es el nivel de inversión de un país, su crecimiento económico y espíritu empresarial. La relación positiva entre propiedad intelectual e innovación ha sido largamente documentada. También existe una relación positiva entre la calidad de estos y la confianza generalizada, motor fundamental del desarrollo.
La Convención Constitucional ha aprobado una serie de artículos que tienen por resultado, ya sea de forma intencionada o no, debilitar estos derechos de propiedad. Aunque algunas aún no son definitivas -necesitan ser ratificadas en el Pleno-, la aprobación de ellas tendrá como consecuencia un deterioro en la inversión, innovación, capital humano, confianza, crecimiento y, por ende, en el desarrollo del país.
Es de esperar que los constituyentes que avalan estas medidas comprendan lo que está en juego y no se entreguen a visiones románticas o a la pulsión de apoyar propuestas “populares” por falta de comprensión y desconocimiento de sus consecuencias sobre el desarrollo.