Desastres naturales y derechos humanos
SEÑOR DIRECTOR:
El ordenamiento territorial es una de las deudas regulatorias del Estado de Chile, más considerando que la escasa normativa existente se implementa de manera ineficaz. Los desastres naturales causados por el cambio climático nos muestran con acontecimientos cada vez más extremos la gravedad de esta ausencia. La Línea Base sobre Empresas y Derechos Humanos que elaboró un equipo de la UDP en 2016 recomendó atender este asunto con urgencia, y hasta hoy -pese a que existen los conocimientos técnicos y la cartografía de riesgos al respecto- no se ha implementado una regulación eficaz que logre prevenir vulneraciones a los derechos humanos y ambientales: en particular, el derecho a la vivienda, el derecho al agua potable, el derecho a la salud y, lamentablemente, también el derecho a la integridad personal y la vida.
Fortalecer la institucionalidad y la capacidad de respuesta reactiva ante los desastres naturales es un paso fundamental, pero no es suficiente. Las medidas para enfrentar los desastres deben ser preventivas, tal como mandatan los tratados internacionales de derechos humanos y también el Acuerdo de París, con sus obligaciones de adaptación. Para ello es clave la acción de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Sin embargo, también las empresas tienen responsabilidad: como expusimos en Informe Anual sobre DD.HH. UDP 2017, estas “deben renunciar a ejercer lobby, presiones o tráfico de influencias que impida la adopción e implementación de un marco regulatorio”.
La Política Nacional de Ordenamiento Territorial de 2021 establece la directriz de “promover un enfoque preventivo y prospectivo orientado a la reducción del riesgo de desastres en la toma de decisiones”. Desde 2022-2023, se ha sumado la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres, que incorpora esta variable en las evaluaciones y planes de ordenamiento territorial para proyectos nuevos. ¿Qué pasará con los ya construidos, en particular, los construidos con permisos fraudulentos o sin permisos?
La respuesta no puede ser la misma que se ha dado como “solución” -en vez de implementar la demolición decidida por el máximo tribunal del país- para las viviendas contaminadas con metales pesados en Arica: que un barrio no habitable o con altísimos riesgos de habitabilidad sea el único lugar para las personas que no tienen los recursos suficientes para irse a otra parte.
Judith Schönsteiner
Profesora titular, Facultad de Derecho UDP
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