Diálogo social para la nueva organización del trabajo
Por Eduardo Abarzúa, decano de la Facultad de Economía Universidad Alberto Hurtado
Hemos visto durante este último tiempo múltiples iniciativas del Poder Legislativo o del Ejecutivo para regular la organización del trabajo, como la jornada laboral o la distribución de ésta, como es el sistema 4x3 ampliamente utilizado en el sector minero; las últimas normativas relacionadas con la implementación del sistema de teletrabajo, que ha sido utilizado por un 95,3% de las empresas (ACHS, 2020), o propuestas de distribuir los días feriados como vacaciones a utilizar en común acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Al mismo tiempo, se ha tenido que legislar sobre un permiso especial para acceder a los programas de vacunación dispuestos por la autoridad sanitaria, dado que algunos empleadores no otorgaban las facilidades del caso hace algunas semanas atrás.
Da la impresión que la discusión no incorpora la complejidad de las formas de empleo y trabajo que se despliegan en nuestra economía y tampoco la perspectiva de los diferentes actores laborales. Casi todas las discusiones e ideas de reforma tienen de referencia una imagen simplificada del trabajo, aquel que se desempeña de manera presencial, con supervisión directa, igualdad de poder entre las partes y con salarios atractivos. Sin embargo, la realidad de Chile es diferente: el 66,5% de quienes trabajan perciben ingresos inferiores o iguales a $550.000 mensuales y solo un 7,1 % percibe salarios de 1,5 millones o más. Y ni hablar de la asimetría de poder y la ausencia de diálogo social entre las partes o algún rol del Estado en la materia.
En el actual contexto socioeconómico y de relaciones laborales, iniciativas que parecen correctas y modernizadoras, como la flexibilidad de las jornadas y el teletrabajo, pueden significar, paradojalmente, la intensificación de las jornadas, el aumento del doble trabajo, una mayor precarización del empleo y el sufrimiento de las personas. Es cierto, en una gran parte del mercado laboral hace falta fijar mínimos que configuren auténticas relaciones de trabajo: contratos escritos, sueldo mínimo, limitar jornadas, establecer descansos, fijar permisos para necesidades básicas, etc. Es hora de preguntarnos si el camino normativo, cuyo conflicto asociado se expresó durante dos décadas a través de la judicialización en tribunales y la Dirección del Trabajo, tiene la posibilidad de abordar los múltiples y crecientes cambios en el trabajo, considerando los tiempos legislativos limitados, producto de las múltiples demandas de la ciudadanía y el encaje futuro de la legislación a la potencial nueva Constitución que redefinirá la relación entre el Estado, el mercado y la sociedad civil.
Por supuesto, la reducción progresiva de la jornada laboral es un tema mundial que ninguna nación puede sustraerse, ya que pone al centro la mejora en las condiciones de vida de las personas y la disponibilidad de empleos en una sociedad digital. Dicha discusión requiere, como demuestra la experiencia comparada, un amplio proceso de diálogo social de los actores laborales representativos como única manera de incorporar la heterogeneidad de nuestro mercado laboral. Con ese contexto también resultará posible construir una transición justa frente a los desafíos de transformación y reducción de empleos que genera la llamada cuarta revolución industrial.
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