El bien del paciente, siempre primero
Esta columna se escribió en conjunto con los doctores Manuel Santos y Beatriz Shand, del Instituto de Bioética de la Facultad de Medicina de la Universidad Finis Terrae.
La pandemia del coronavirus (SARS-Cov2) ha traído a primer plano situaciones en que se plantea si un determinado tratamiento es razonable de iniciar o continuar según las condiciones del paciente y la disponibilidad real de recursos humanos y técnicos. La situación es aún más compleja frente a la limitación de recursos que se vive cotidianamente en los lugares, especialmente donde la epidemia se ha presentado con una alta tasa de infectados en pocos días.
En este contexto, resulta conveniente recordar los elementos que componen la “la limitación lícita del esfuerzo terapéutico”.
La ética médica ofrece una forma de aproximación para abordar esta situación. Se trata de la realización de un juicio de proporcionalidad terapéutica, que se fundamenta en el principio de proporcionalidad que establece que la (no) obligatoriedad moral de practicar todas aquellas intervenciones que (no) guarden una relación de debida proporción entre los medios empleados y el fin perseguido. Es decir, solo resultan moralmente obligatorias las intervenciones que tengan una adecuada proporción entre el esfuerzo realizado y el resultado esperado.
El juicio se concreta, idealmente, en un diálogo médico-paciente (o su representante). En este diálogo, deben tenerse en consideración: las características de los medios a utilizar, costos de la intervención, resultados esperados y la evaluación de las condiciones del enfermo. Esta estrategia de decisión, compleja y desafiante en los momentos que vivimos, admite renunciar a ciertas terapias sin negar la vocación fundamental de la medicina: buscar el mejor bien e interés del paciente.
La aplicación (o no) del “principio de proporcionalidad terapéutica” es lo que permite distinguir -en la práctica– una discriminación arbitraria de ciertos pacientes en el acceso a ciertas intervenciones de salud; de una legítima decisión de limitar esfuerzos terapéuticos al final de la vida.
Hay que enfatizar que la decisión de limitar un determinado tratamiento nunca significa abandonar al paciente y decirle a la familia que “nada se puede hacer”, pues hay cuidados, que si bien no son curativos, son de importancia decisiva en la experiencia del paciente y su familia. Es el gran aporte de la medicina paliativa que incluye, entre otros principios, el nunca dejar de tratar del dolor, proporcionar hidratación y alimentación cuando es posible, proporcionar confort y un acogimiento cálido por parte del personal sanitario y de la familia (cuando la seguridad lo permita). Así se entiende el “derecho a una muerte digna” a una atención integral al final de la vida, lo que supone asegurar el acceso equitativo a una medicina paliativa de buena calidad en nuestro país.
La limitación del esfuerzo terapéutico ha estado desde hace décadas como una conducta reflexionada y definida en la bioética y validada en nuestra legislación en la Ley de Derecho y Deberes de los Pacientes. Correctamente aplicada, creemos que es una gran ayuda para estos momentos críticos, tanto para el paciente y su familia, como para el personal sanitario. Comprender y aplicar esta estrategia de razonamiento puede ayudar a vivir esta crisis con más solidaridad y paz.
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