El viejo y el nuevo intervencionismo electoral

03.08.2020 JUAN FRANCISCO GALLI, SUB SECRETARIO DEL INTERIOR


Por Valeria Lübbert, directora de Democracia y Anticorrupción de Espacio Público

“La verdadera piedra de toque donde se prueban los gobiernos son las luchas electorales; allí de ordinario se estrellan”. Esa frase utilizaría Walker Martínez a fines de 1800, en su libro sobre el gobierno de Santamaría, para describir cómo los gobiernos iban más allá de lo legítimo para influir en las elecciones. Esa pulsión no ha cambiado, pero sí las reglas que nos rigen y las formas de conseguir similares resultados.

Durante el siglo XIX, la influencia del Presidente de la República sobre quién sería su sucesor fue total, con acciones abiertas desde el gobierno para inclinar los resultados de las elecciones en su favor. Nombramiento de vocales falsos, ofrecimiento de cargos para asegurar votos, pagos de tarifas por votos desde el gobierno, por dar algunos ejemplos. No existían en esa época reglas ni instituciones adecuadas para prevenir el intervencionismo, pese a que ya se veía como un vicio y daño a la democracia.

Hoy, en cambio, contamos con reglas que impiden ese tipo de “intervencionismo duro”, el viejo intervencionismo. Los actos de intervención que ocurrían antes, hoy son considerados delitos. Tenemos un órgano autónomo encargado de la integridad de los procesos electorales, el Servicio Electoral, y una justicia independiente que debe calificar la elección y aplicar sanciones en caso de fraude o cualquier irregularidad cometida en el acto eleccionario.

Sin embargo, respecto del “intervencionismo blando”, aquel que consiste en la utilización del poder público para favorecer una candidatura, las reglas que tenemos están demostrando ser insuficientes. Tenemos leyes con prohibiciones expresas y muy claras, que impiden que funcionarios y autoridades utilicen recursos públicos, su jornada laboral o su autoridad para favorecer una candidatura o campaña. La Controlaría por su parte, mediante dictámenes, y previo a cada elección señala la interpretación y aplicación que debe darse a cada una de estas reglas. En resumen: no faltan reglas de conducta, sino mecanismos para hacerlas cumplir.

En un dictamen reciente, la Contraloría reprochó al Subsecretario del Interior haber utilizado temas de seguridad para emitir juicios contra candidatos. En el mismo dictamen constató que una Ministra de Estado impartió instrucciones ilegales a sus funcionarios, infringiendo el principio de prescindencia o neutralidad política. Dicha ministra estaba instruyendo a sus dependientes realizar acciones para favorecer la candidatura de su pareja y además, facilitando sus oficinas públicas para reuniones de dicha campaña. Pero no vimos sanciones ni cambios en las conductas.

Que la Contraloría no pueda aplicar sanciones a un ministro de Estado en casos como estos es un problema si se quiere que estándares de probidad de altas autoridades se respeten durante campañas electorales. Hoy corresponde al Presidente determinar la remoción de ministros o bien al Congreso por la vía de una acusación constitucional hacerlo.

El gran desafío que tenemos es impedir que estas conductas, el nuevo intervencionismo, se sigan normalizando. Desde la ciudadanía no debemos habituarnos a este tipo abusos. Los gobiernos son evaluados en las elecciones y son los malos gobiernos los que buscan hacer trampa en esta prueba.