Estado de catástrofe: Un modelo de excepción constitucional agotado

Militares en Santiago


El coronavirus ha puesto a prueba al Estado chileno. Al comparar las medidas adoptadas en nuestro país con aquellas tomadas por otras naciones, hay diferencias evidentes que obedecen a que en Chile hay una visión ideologizada de lo que el Estado debe o no hacer según el principio de subsidiariedad.

En Francia se han decretado requisiciones de bienes, fijaciones de precios y un confinamiento forzado de la población, cuestiones que, por contraste, permiten concluir que el poder del Estado chileno frente a la calamidad se ha mostrado escaso en estos días que eran cruciales.

La declaración del Estado de catástrofe se efectúa en este contexto, con un gobierno poco dispuesto a llevar a cabo medidas administrativas más audaces, falta de acción que obligó a varios municipios a intervenir las actividades privadas, contraviniendo localmente el dogma de la subsidiariedad.

El Código Sanitario contempla medidas “extraordinarias” en caso de epidemias (el confinamiento o cierre de establecimientos pueden caber aquí) y el Decreto 104 de 1977 permite al Presidente declarar un estado legal de catástrofe que involucra varios poderes administrativos para manejar la situación, lo que no implica acudir a la excepción constitucional.

Habiendo medidas disponibles, es cuestionable que la primera sea el estado de excepción de catástrofe, inevitablemente unido al empleo de las Fuerzas Armadas según el diseño autoritario de la Constitución de 1980, lo cual significa, en la práctica, que durante los noventa días de duración de la excepción, los encargados directos de limitar las libertades de los chilenos serán los institutos armados. No es lo que sucede en Alemania, cuyo régimen de emergencia constitucional interior no permite acudir a la Bundeswehr, y tampoco en Francia donde el gobierno rotundamente señaló que los militares de ningún modo serán movilizados para hacer respetar el confinamiento.

Militarizar el país como primerísima medida parece desproporcionado cuando se pueden dictar rápidamente disposiciones de protección de la salubridad pública y es también inconveniente porque otra vez, y en corto tiempo después del estallido social, pone a las Fuerzas Armadas a administrar una situación que corresponde al gobierno civil, arriesgando desgastar su legitimidad, como se hizo con Carabineros.

Según lo muestran varias democracias occidentales avanzadas, recurrir siempre a las Fuerzas Armadas para la catástrofe u otra emergencia interna es un modelo agotado, que debe modificarse en la futura Constitución. Lo propio ha de suceder con la ortodoxia de la subsidiariedad que ni aun frente al riesgo pandémico está dispuesta a aceptar intervenciones administrativas en las actividades privadas que no vengan de la excepción constitucional. Este cambio ya lo entendieron importantes estados europeos con gobiernos democráticos y capitalistas.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.