Estado de Excepción y RUF
SEÑOR DIRECTOR
En su motivación para que la Justicia Militar le sea aplicable a las FF.AA. en Estados de Excepción, el señor Francisco Orrego en carta de ayer, sostiene que las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) vigentes son “verdaderas camisas de fuerza para que los uniformados puedan cumplir con su deber”, afirmando que habrían “sesgos ideológicos” y “temores políticos” en su elaboración”. Al respecto, lo siguiente:
1) Van más de 117 días del Estado de Catástrofe por el Covid-19, donde más de 31 mil hombres y mujeres de las FF.AA., diariamente ejercen sus funciones, con excelencia y vocación, teniendo como principal misión proteger la salud y la vida de nuestros compatriotas ante la pandemia.
2) Las RUF fueron dictadas por el Presidente Piñera, las que, tomadas de razón por la Contraloría General de la República, se basan en los principios de legalidad, proporcionalidad, gradualidad, responsabilidad, en el deber de advertencia, en el deber de evitar el daño colateral, en la legítima defensa y en el cumplimiento de la consigna o misión.
3) Lejos de ser una “camisa de fuerza”, buscan otorgar certeza jurídica al personal militar que, en el cumplimiento de su deber constitucional, se vea enfrentado a una situación extrema, siendo el Código Penal y el Código de Justicia Militar parte integrante de éstas en su totalidad. Así ha funcionado y se ha materializado en diversas situaciones durante este Estado de Excepción.
4) Adjudicar “sesgos ideológicos” o “temores políticos” a su elaboración, es simplemente desconocerlas. La pretensión política de cambiar la Justicia Militar, no puede ser a costa del gran trabajo que están cumpliendo nuestras FF.AA. ni menos de las RUF que fueron dictadas, precisamente, para resguardar y orientar su labor conforme a la Constitución y las leyes.
Pablo Urquízar M.
Jefe de Gabinete del Ministerio de Defensa Nacional