Estrictas ordenanzas municipales en las playas
Aun cuando estas restricciones pueden ocasionar molestias en algunos, la ciudadanía debe valorar estas normas que resultan fundamentales para la buena convivencia y que favorecen a la propia actividad turística.
Se iniciaron las vacaciones de verano y muchas comunas, especialmente aquellas que tienen balnearios y playas, reciben un número importante de visitantes, que en algunos casos sobrepasa al de quienes viven habitualmente en aquellos lugares, generando complicaciones en distintos ámbitos como tránsito, aseo y ornato, seguridad, aumento del comercio ambulante, recarga en la atención de los servicios, entre otros, lo que plantea una mayor exigencia a las municipalidades, sus direcciones y a sus funcionarios. En las playas esa misma recarga obliga a los municipios a una especial atención en la regulación y control del uso de los espacios públicos para que junto con el normal funcionamiento de la comuna, permita garantizar el adecuado descanso de veraneantes y vecinos.
Las municipalidades, de acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional que las regula, gozan de autonomía y su finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas, por lo cual deben asumir un rol activo y prever situaciones ante escenarios nuevos o cambiantes, como sería la temporada estival. Una de las herramientas con que cuentan, y de las que hacen uso también en estas materias, son las ordenanzas, que en tanto disposiciones obligatorias pueden establecer prohibiciones de ciertas conductas y sanciones, en la medida que no impongan exigencias que contravengan las leyes o reglamentos específicos.
Tal como dio cuenta un reportaje publicado por este medio, son varios los municipios que últimamente han dictado estrictas ordenanzas para regular el comportamiento en las playas, un aspecto que si bien en general es bien recibido por los usuarios, también se escuchan voces que reclaman ya sea por lo excesivo de las prohibiciones o por el monto de las multas, alegando que con ello se ve afectado su derecho a descanso.
Estos mandatos municipales no apuntan a entorpecer ese derecho, sino que, por el contrario, lo facilitan, al dar cumplimiento a las mismas leyes como la de alcoholes al establecer la prohibición de beber en espacios públicos, a garantizar condiciones de seguridad en el uso de las playas al fijar espacios para practicar ciertos deportes o de salubridad, al prohibir cocinar o preparar alimentos en esos lugares. De igual manera, hay otras que apuntan directamente a velar por una sana convivencia como limitar decibeles en la emisión de sonidos, la prohibición de parlantes en las playas -una de las incivilidades más frecuentes-, fumar en los espacios públicos o regular estrictamente el paseo de mascotas.
La ciudadanía debe valorar y respetar estas normas que, aunque puedan limitar ciertas libertades, permiten una convivencia razonable en espacios públicos, algo fundamental sobre todo en espacios generalmente muy estrechos como las playas. Este tipo de regulaciones, por lo demás, son frecuentes en zonas turísticas del mundo, donde las multas por incurrir en incivilidades pueden llegar a costar miles de dólares. Escuchar música a todo volumen en una playa de Portugal, por ejemplo, puede representar para el infractor hasta 4 mil euros.
Lugares con más seguridad, menos incivilidades o faltas a la convivencia se hacen más atractivos para la propia actividad turística y comprometen mayormente a las comunidades en iniciativas para el desarrollo de la misma.
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