Glosas presupuestarias y control de gastos
SEÑOR DIRECTOR:
La inversión pública, el gasto del gobierno en capital físico, puede afectar al crecimiento de la economía a corto y largo plazo. Para cautelar dicha inversión, el artículo 4 de la Ley de Presupuestos señala que solo por ley podrá incrementarse la suma del valor neto de los montos para los gastos en personal, bienes y servicios de consumo, prestaciones previsionales y transferencias corrientes; en ausencia de ley, no pueden realizarse transferencias desde gastos de capital a gastos corrientes. Asimismo, el artículo 23 señala que el concurso será obligatorio para la asignación de recursos correspondientes a transferencias corrientes a instituciones privadas, salvo que la ley expresamente señale lo contrario.
Prácticas que tienden a violar estos principios de ejecución presupuestaria son la redacción de glosas que imputan gastos corrientes como gastos de capital, que permiten evitar concursos en la asignación de recursos públicos. Aunque en general pueden reconocerse gastos administrativos asociados a las transferencias de capital, esto debería estar delimitado tanto en montos como en tipología de gastos, para evitar abusos y desvíos de recursos públicos a actividades lejanas a la ejecución de proyectos de inversión. En vista a lo ocurrido recientemente entre ciertas fundaciones privadas y el Minvu, es clave que las glosas presupuestarias en el futuro limiten como excepciones el gasto corriente en ítems correspondientes a inversión.
Puede haber beneficios en agilizar la gestión de la inversión pública, pero la Ley de Presupuesto debe privilegiar el control y buen uso de los recursos, sobre todo en programas dirigidos a mejorar la calidad de vida de familias vulnerables.
Mauricio Villena
Decano Facultad de Administración y Economía UDP
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