SEÑOR DIRECTOR:

Hace seis años, Katty Hurtado fue condenada por el delito de parricidio, en el contexto donde ella denuncia haber sido víctima de violencia intrafamiliar durante su relación y que, por ello, obró en legítima defensa. El Ministerio Público durante la investigación descartó aquella tesis y, en consecuencia, no se indagaron las circunstancias que llevaron a que Katty hubiera dado muerte a su excónyuge. Aunque se recurrió de nulidad ante la Corte Suprema, fue desestimado, quedando en evidencia la ausencia de perspectiva de género durante todo el proceso judicial.

Esto ha sido reclamado por la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, por la ausencia de dicha perspectiva y afectaciones al debido proceso, sumándose también los vejámenes que ha sufrido durante su privación de libertad. Por ello, actualmente se encuentra en trámite una denuncia ante la CIDH.

Desde el ámbito de estándares internacionales, la Convención Belém do Pará y la CIDH han señalado que los Estados deben tener protocolos durante la investigación y dictación de las sentencias que incorporen perspectiva de género.

Diversas organizaciones y autoridades se han sumado al llamado de revisión del caso por parte del Presidente de la República. Y es que un indulto por razones humanitarias se hace necesario ante un caso donde la justicia ha fracasado.

Alejandrina Tobar

Constanza Valdés