Infancia y migración ¿Interés superior del niño y la niña?

niños migrantes
AFP


José Tomás Vicuña, Gerente genera DataLab y Raoní Vale, experto en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Humanitario y de Refugio.

José Antonio Kast lanzó su “Plan para el Futuro de Chile”. Uno de los puntos en materia migratoria es el referido al establecimiento de “recintos transitorios para inmigrantes ilegales, que permitan darle alojamiento, comida y atención de salud a las personas que crucen a Chile por pasos no habilitados, con especial cuidado de los menores, con el objeto que reciban un trato humanitario mientras se prepara su expulsión del país, conforme a derecho.” (pág.13)

Según cifras oficiales[1], sólo entre enero y septiembre de este año más de 2.500 niños, niñas y adolescentes han ingresado por paso no habilitado. Complejiza el análisis que cerca de 100 de ellos han ingresado sin una persona adulta a cargo.

La propuesta de Kast eleva una preocupación no menor: ¿Expulsará a niñas y niños que hayan ingresado irregularmente? ¿O expulsará sólo a personas adultas separándolas de sus hijos e hijas? ¿Si no expulsa a familias, qué alternativa ofrecerá? No aclara nada al respecto. No sabemos si serán centros de detención o de acogida.

Para analizar la situación, vale observar tres principios generales del Derecho: protección especial de la infancia, derecho de refugio y prohibición de devolución forzada. Están garantizados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 14 y 25), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 19 y 22) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que estableció los principios de no detención migratoria de niñas y niños y el derecho a no ser separados de sus madres y padres. La nueva Ley de Migración y Extranjería, en el caso de niños, niñas y adolescentes, señala que “la acción estatal orientará siempre a asegurar el pleno ejercicio y goce de los derechos...cualquiera sea la situación migratoria de sus padres” (Art. 3).

Kast ha señalado constantemente que está en contra de la adopción homoparental, argumentando justamente que hay que velar por el interés superior del niño. ¿No sería contradictorio apelar a ese argumento en caso de adopción homoparental, pero no en caso de detención en centros transitorios o, peor aún, separación de familias por deportación?.

Es deber del Estado resguardar las fronteras, pero al mismo tiempo garantizar los derechos de las personas y respetar tratados internacionales. El programa de Kast fija bien la mirada en proponer “anillos migratorios preventivos”, establecer recintos que den acogida a quienes ingresan por paso irregular o fortalecer el apoyo tecnológico para prevenir ingresos por paso no habilitado; pero deja preocupantes dudas sobre qué ocurrirá con niñas, niños y adolescentes que ingresan por paso no habilitado. Hay que prevenir el ingreso irregular y resguardar las fronteras, pero al mismo tiempo siempre cumplir la ley. Esto último no sólo vale para las personas migrantes; sino también para el Estado.

¿Qué medidas tomar? Primero: garantizar los derechos de toda persona. La Contraloría ha oficiado al Servicio Nacional de Migraciones justamente por no proceder acorde a la ley en materia de refugio. Segundo: contar con mejores controles migratorios. Tercero: tener medidas concretas que favorezcan la inclusión y cuidado de niños, niñas y adolescentes que ingresan por paso no habilitado.

Por último, el programa sólo propone medidas para la frontera. En Chile viven 1,5 millones de personas migrantes, representando cerca del 8% de la población del país. El 60% reside en la Región Metropolitana. En 42 comunas del país viven más de 10.000 personas migrantes. La agenda se ha centrado mirando lejos, obviando lo que vivimos cerca. De nada sirve quedarse mirando la frontera, si no tenemos en cuenta la ciudad. De la misma manera que de nada sirve ofrecer asilo a niños y niñas, si luego se les va a deportar.

[1] Información entregada por la Policía De Investigaciones al Servicio Jesuita a Migrantes

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