La Convención, la minería y su expropiación encubierta

Minería


Por Sergio Hernández, director ejecutivo de Aprimin

Hasta ahora, el Pleno de la Convención Constitucional ha rechazado las propuestas de la Comisión de Medio Ambiente de nacionalizar la minería. Sin embargo, suponemos que, con buenas intenciones, fue despachada por esa Comisión de la Convención Constitucional una iniciativa que apunta a “modernizar” el sistema de concesiones mineras en Chile y asimilarlo al de países como Canadá y Australia. Hasta ahí, parece una propuesta atractiva para quienes desconocen cómo funciona el mundo global de hoy, pero que en el fondo presenta riesgos que pueden ser letales para nuestro futuro minero y para las propias comunidades y el país.

La iniciativa 430-5 plantea terminar el régimen vigente de concesiones mineras para instalar uno en que se otorguen concesiones administrativas por un órgano estatal. Asimismo, señala que la propiedad sobre las actuales concesiones mineras se extinguirá, debiendo sus titulares ajustarse al nuevo régimen. No hace mención a posibles compensaciones a los dueños de esas concesiones.

Recordemos que la mayoría de las grandes mineras presentes en Chile provienen de países que han firmado con Chile tratados que protegen la inversión. En estos casos, se ha determinado que no puede privarse de su inversión a un inversionista, salvo ciertas condiciones muy específicas, como que estas medidas no resulten discriminatorias y, por cierto, se contemple el pago de justas compensaciones, las que, desde luego, ascenderían a centenares de miles de millones de dólares que el país nunca tendrá.

De aplicarse un modelo en que los actuales concesionarios pasarían a ser titulares de esta nueva clase de concesiones, con carácter administrativo, quedan en el incierto limbo los términos y condiciones de ésta. Por ejemplo, ¿será retroactiva? Si los términos fueran altamente perjudiciales, podríamos estar observando una expropiación regulatoria o indirecta; es decir, que en forma explícita no declara una expropiación pero que, en los hechos, provocaría el mismo efecto.

Dicho de otra manera, como las cosas en Derecho son lo que son y no lo que su nombre indica, estamos hablando de una expropiación encubierta, enemistándonos con los países más influyentes en este mundo global que tienen inversiones mineras en Chile, con convenios de libre comercio y que son receptores de exportaciones chilenas de muchos productos distintos a la minería que se verían ciertamente afectadas.

El régimen de concesiones mineras puede ser mejorado, especialmente para aquellos casos en que no existe trabajo efectivo, para incentivarlo. Pero el camino planteado no presenta certezas para las futuras inversiones, que el país no tiene y que son tan necesarias de atraer, afectando estas incertezas seriamente el empleo, la recaudación tributaria y la calidad de vida de los chilenos, en especial en toda la zona norte del país.

Considero oportuno y necesario recordarle a la Comisión de Medio Ambiente de la Convención que el gobierno del Presidente Boric, con pleno conocimiento de los graves efectos que provocaría una medida de esta naturaleza, ha declarado expresamente que no está en su programa la nacionalización de la minería.