La paridad sí importa: participación e impacto en el proceso constituyente
Por Valentina Salas y Felipe Ajenjo, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en Chile (PNUD)
Diversos estudios han mostrado por décadas que uno de los principales desafíos de la democracia chilena es mejorar la calidad de la representación política de las mujeres, históricamente subrepresentadas en instituciones públicas. La incorporación del principio de paridad de género en la composición de la Convención Constitucional constituyó un avance sin precedentes en materia de representación en el país y una innovación democrática a nivel global, por ser el primer órgano constituyente en el mundo con un equilibrio total en la presencia de mujeres y hombres.
En el marco del cierre del proceso de redacción constitucional, dos estudios recientes del PNUD muestran que la paridad tuvo impactos significativos para la representación política de las mujeres en distintas etapas del proceso, eliminando algunas de las barreras de entrada que las mujeres enfrentan en su camino hacia órganos de representación, así como también impactando en la toma de decisiones y normativas constitucionales que fueron finalmente adoptadas.
El primer estudio muestra que la introducción de la paridad de género en el resultado de la elección generó incentivos institucionales para que las mujeres fueran nominadas en igual número que los hombres, tanto a nivel de las listas como se establecía en la ley, así como también a nivel de organizaciones políticas. Esto significó un avance ya que estas organizaciones históricamente habían nominado menos mujeres y en distritos poco competitivos como acompañantes de candidatos para completar la cuota de género.
El segundo estudio, elaborado en conjunto con la Plataforma Telar, del Instituto Milenio Fundamentos de los Datos, se centró en analizar el proceso de redacción de la nueva Constitución. Para ello se simuló los resultados de las votaciones sobre normativas constitucionales en un escenario hipotético de Convención sin paridad, con un porcentaje de mujeres igual al de la actual Cámara de Diputados (35%). Entre otros hallazgos, el análisis evidencia que es altamente probable que 28 normativas que fueron aprobadas en la Convención hubiesen sido rechazadas sin paridad de género.
Tal es el caso de normativas constitucionales sobre igualdad de género, como el derecho al cuidado a través de un Sistema Integral de Cuidados y a recibir una educación sexual integral, que sin paridad de género es altamente probable que hubiesen sido rechazadas. Además, las simulaciones muestran que esto no solo ocurriría con temáticas de género, sino que también con normativas constitucionales relacionadas con, por ejemplo, la protección del medioambiente y los derechos de la naturaleza, y la incorporación de mecanismos de participación ciudadana directa en reformas constitucionales, entre otras.
Estos estudios muestran que la implementación de mecanismos de paridad de género no solo facilita la participación de las mujeres en política, permitiendo lograr una composición igualitaria en los órganos de representación. Muestran también que la paridad tiene un impacto en el resultado de la deliberación, en el avance de la igualdad de género y en temáticas que históricamente han tenido menor presencia en el debate público y donde no se ha avanzado en reformas profundas.
Lograr mayor representación de mujeres en espacios de decisión es necesario como un acto de justicia con la mitad de la población que ha estado históricamente subrepresentada, pero es también un acto virtuoso que puede generar que se aceleren los avances en materias postergadas en la discusión política. Esperamos que estos análisis aporten al debate futuro para reducir las barreras que aún inhiben la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad, para generar mayor igualdad de género y más democracia en Chile, y así avanzar en un desarrollo que no deje a nadie atrás.
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