La rebelión de los jueces

Fiscalía, Ministerio Público


Por Gabriel Zaliasnik, profesor de Derecho Penal, Fac. de Derecho U. de Chile

El por ahora preliminar traspié del Ministerio Público (MP) en el caso del menor Tomás Bravo expuso de forma cruel como el creciente victimismo penal que domina el debate público ha permitido por años disimular reiterados errores en la persecución penal. Ha develado la falta de voluntad y autocomplacencia del MP para enfrentar sus debilidades, pues claramente no se trata de un caso aislado.

En efecto, existen muchos casos similares como lo demuestra el Proyecto Inocentes (www.proyectoinocentes.cl) de la Defensoría Penal, institución que sin contar con los recursos ni autonomía del MP, visibiliza este serio problema. El caso “Quintrala” (homicidio del joven Diego Schmidt-Hebbel el año 2008) es igualmente ilustrativo. Un importante equipo de fiscales erradamente solicitó la prisión preventiva de un inocente. El posterior éxito al condenar al sicario y a quien lo contrató, hizo pasar inadvertido el error y que esos fiscales siguieran con su carrera pese a que el destacado penalista Nurieldín Hermosilla reclamara entonces por la “falla estructural del Ministerio Público”.

Por lo mismo, merece reconocimiento el rigor en el comportamiento de nuestros jueces, quienes han dado prueba de independencia y capacidad al superar una vez más la presión mediática y confrontar la falta de evidencia. Sin embargo, esta verdadera rebelión judicial ante el frágil pero popular estándar de prueba que usa el órgano persecutor, no es suficiente. Es hora que el MP se haga cargo del defecto sistémico. No es admisible que la formalización se utilice como remedo del antiguo auto de procesamiento sin real control interno ni externo. Es hora que la ciudadanía entienda y los medios de comunicación ayuden a ello, que la decisión de un fiscal no prueba nada, pues solo los tribunales determinan la responsabilidad penal. El MP por su propia indolencia o impericia ha erosionado la confianza en su accionar y hecho letra muerta del principio de objetividad que debe orientarlo. Casos como el de Tomás permiten vislumbrar una terrible y desconocida cifra negra. ¿Cuántas acusaciones erradas, formalizaciones arbitrarias, o indebidas prisiones preventivas han tenido lugar en Chile en estos años? ¿Cuántos imputados han consentido salidas alternativas o juicios abreviados por la presión del caso penal, optando por un “mal arreglo” en lugar de un “buen juicio” como dice el refrán popular?

Es preferible una investigación sin resultados, a una que sacrifica a inocentes para satisfacer la voracidad pública. Es tiempo de valorar a quienes no ceden ante la popularidad ocasional y prefieren la difícil decisión de admitir la imposibilidad de establecer la responsabilidad penal en un hecho. Esa valentía contrasta con la cobardía de quienes alimentan el populismo penal mediante la retórica de la corrupción o clamando por severas sanciones ante delitos que conmueven a la sociedad.