SEÑOR DIRECTOR:

El gran atractivo de la zona lacustre en el sur del país, sin duda, es un inmejorable entorno natural. La resolución exenta N ° 1410 de 14 de diciembre de 2021, reconoce de oficio el humedal urbano Mallolafquen, lago Villarrica, constituido por 189,8 hectáreas, que se encuentran sólo parcialmente dentro del radio urbano, abarcando una parte importante de la ribera del lago Villarrica.

Fue considerado como criterio para su reconocimiento: la existencia de un ecosistema con altos niveles de amenaza, hábitat de especies endémicas o migratorias y su relevancia en términos culturales, sociales y turísticos.

Este humedal es afectado por obras propias del desarrollo inmobiliario e infraestructura hotelera de la región. Aquí, reconozco ser parte del 38% que piensa que se ha privilegiado el crecimiento económico por sobre el cuidado medioambiental, de acuerdo con las últimas cifras de la encuesta Descifra sobre la percepción de los chilenos sobre el vínculo entre desarrollo económico y sostenibilidad.

Dejo la tarea a la autoridad correspondiente. Las reglas del juego claras: una ordenanza de humedales aprobada, un plan regulador intercomunal alineado con las exigencias de la ley N ° 21.202 sobre humedales urbanos, permisos y concesiones marítimas que exijan la evaluación de impacto ambiental para su tramitación y un rol que va más allá de la fiscalización y la sanción, la protección efectiva con paralización de obras ante la duda de amenaza o daño al medioambiente.

María Javiera Olguín Ríos

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