Ley de delitos económicos

ejecutivo Delitos economico


SEÑOR DIRECTOR:

Hace exacto una semana, el Presidente de la República promulgó la Ley de Delitos Económicos. Se trata de un cuerpo normativo que no ha estado exento de discusión y que suscitará amplios debates en la medida en que comience a ser aplicado.

Sin perjuicio de lo señalado, cabe hacerse ahora la pregunta sobre la capacidad de nuestro sistema penal de absorber la mayor cantidad y calidad de las causas asociadas a los delitos que la ley categoriza como económicos. Nuevos tipos penales y la ampliación del catálogo probablemente conlleven a un aumento de la litigación penal económica, muchas veces, de forma meramente instrumental. Asimismo, el endurecimiento del régimen de determinación de penas y la restricción de aquellas sustitutivas acarreará una mayor actividad procesal de los intervinientes, comenzando por las defensas y, como contrapartida, los acusadores, complejizando las investigaciones.

Dicho lo anterior, solo cabe constatar la realidad actual en la persecución de la criminalidad económica: insuficiente cantidad de fiscales especializados y, sobre todo, unidades de la Policía de Investigaciones sobrepasadas, conducen a dilatar investigaciones por sobre lo razonable. A esto hay que añadir, en muchas ocasiones, una deficiente preparación de las unidades policiales especializadas en la investigación de delitos económicos, que solo contribuye a la precarización de estas causas.

El desafío que depara la entrada en vigencia de la ley es evidente. Es de esperar que la situación sea advertida (y solucionada) por las autoridades competentes.

David Segall Rosenblatt

Asociado grupo Litigios Penales de Albagli Zaliasnik

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