Ley de plásticos de un solo uso
SEÑOR DIRECTOR:
Sobre la nota de plásticos de un solo uso publicada ayer, son necesarias algunas precisiones. Primero, el titular es incorrecto. La ley que regula los plásticos de un solo uso ya está vigente desde el 13 de febrero de 2022, con la prohibición de los locales de expendio de comida de entregar elementos desechables como cubiertos, revolvedores y bombillas. Además, los supermercados del país están obligados a ofrecer bebidas en botellas retornables y a recibir dichos envases.
La ley señalada en la nota -de moción parlamentaria- aplaza la puesta en marcha de la última etapa y de solo tres artículos. De hecho, el 13 de agosto de 2023 extendimos la obligación sobre la retornabilidad de los envases de bebidas a tiendas de conveniencia y almacenes. Se trata, así, de una ley en vigencia y en plena implementación, la cual en su diseño suponía una gradualidad y etapas que se han ido cumpliendo.
Respecto del retraso en el reglamento, es importante decir que éste no modifica obligaciones legales vigentes. Al asumir nuestra administración, comenzamos a trabajar en este instrumento el cual debía hacerse cargo del escenario pospandemia, cuando la utilización de plásticos de un solo uso creció exponencialmente.
En la etapa de consulta pública este reglamento recibió 533 observaciones. Como referencia, el promedio es de 50 a 100 en los procesos de consulta. Esto demuestra tanto el interés como el esfuerzo que se requirió para dar respuesta a los comentarios recibidos de la ciudadanía y empresas.
El compromiso del ministerio es que el reglamento sea revisado en el próximo Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático durante el mes de agosto.
Maisa Rojas
Ministra del Medio Ambiente
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