Licitación de carteras de AFP: ¿otra vez la Constitución?
SEÑOR DIRECTOR:
La evidencia es cada vez más abrumadora respecto a que el mercado de AFP no es suficientemente competitivo y que las administradoras cobran comisiones muy altas. En vista de esto ha surgido una propuesta que se haría cargo de ese diagnóstico: licitar las carteras antiguas de las administradoras de fondos de pensiones.
En algunos ámbitos de la vida, la inercia dificulta que las personas tomen decisiones racionales que modifiquen el statu quo, aun con información clara de mejores opciones. El economista Richard Thaler ganó un Nobel por su investigación sobre los “nudges”, pequeños empujones que promueven decisiones eficientes sin reducir el valor de la libertad individual. La elección de administradora parece tener algunas de estas características, y una licitación con posibilidad de retracto podría corregir ese defecto.
Se puede estar de acuerdo o en contra de esta propuesta, pero sorprende que se argumente que una política pública como esta sería inconstitucional. Se alega que la libertad de elegir, según la Constitución, solo puede ser limitada por daños graves e inminentes. Un argumento complejo en una industria que obliga a los trabajadores a entregar un 10% de su sueldo a estas empresas. Por lo demás, ya existen licitaciones en el mismo sector para nuevos cotizantes, sin que medie su consentimiento. Finalmente, la libertad de elegir no era prioridad cuando la industria (correctamente) se oponía a los retiros.
El uso indiscriminado de argumentos constitucionales en debates de políticas públicas no solo dificulta llegar a acuerdos para un mejor sistema de pensiones, también daña y debilita nuestro ordenamiento constitucional. Es perfectamente posible discrepar de una política pública sin plantear que su discusión está vedada al legislador.
José Antonio Valenzuela M.
Director de Incidencia de Pivotes
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