Los alcances de la sentencia en el caso Frei Montalva
Las debilidades en la investigación judicial del caso y las presiones políticas para condicionar el actuar de los jueces suponen un complejo desafío para establecer la verdad en este caso.
El proceso judicial en torno a la muerte del expresidente Eduardo Frei Montalva -acaecida en enero de 1982- ha experimentado un vuelco total, luego de que la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo los recursos de casación y apelaciones presentados por querellantes y la defensa en relación con el fallo de primera instancia -en el cual se estableció la comisión de un homicidio, condenando para estos efectos a seis personas- desestimó todos los cargos y estableció que la causa del fallecimiento del exmandatario se debió estrictamente a complicaciones médicas.
La resolución, como era de esperar, produjo indignación en la familia Frei -que ha insistido en la tesis de un asesinato llevado a cabo por organismos de seguridad bajo el régimen militar- así como fuertes críticas -especialmente por parte de dirigentes de la Democracia Cristiana- ante lo que estiman una denegación de justicia y la consagración de la impunidad. Para quienes habían sido acusados de este crimen, en cambio, hubo naturalmente reacciones de alivio. Tres de los médicos que habían sido condenados -uno en calidad de autor, y otros dos como encubridores- ya están fallecidos, pero sus familias han recibido la sentencia como un mínimo acto reparatorio, lo mismo que los otros tres condenados.
Es evidente que ante la ciudadanía el curso judicial que ha seguido este caso provoca desconcierto, no solo por el hecho de se está frente a dos fallos totalmente contrapuestos, sino que habida cuenta del largo tiempo que este caso lleva investigándose -desde octubre de 2002- sorprende que no haya sido posible arribar a pruebas incontrarrestables que sustenten el cargo de homicidio. Será la Corte Suprema la llamada a determinar cuál será el pronunciamiento judicial definitivo -esencial para establecer la verdad jurídica en un caso de tanta trascendencia para el país-, habida cuenta de los recursos que los querellantes ya anunciaron que presentarán. Hasta ese entonces sería prudente evitar declaraciones destempladas o dar por hecho situaciones que todavía podrían ser objeto de revisión.
Un examen pormenorizado del fallo de la Corte de Apelaciones muestra que los jueces analizaron cada uno de los antecedentes en que el juez Alejandro Madrid -ministro de la Corte de Apelaciones designado especialmente para conocer del caso- sustentó la tesis del homicidio simple, desestimándolos uno por uno, mediante un análisis riguroso conforme los estándares exigidos para dar validez a una prueba. El fallo de primera instancia -tal como en su momento lo advirtieron variados juristas- adolecía de inconsistencias, como por ejemplo atribuir a un grupo de personas la intención de asesinar al exmandatario, pero sin demostrar que hubo concertación entre ellos; o desestimar la necesidad de una segunda cirugía, considerándola como un acto irregular y sospechoso, en circunstancias que todo el equipo médico que fue testigo de la cirugía coincidió en el grave diagnóstico de obstrucción intestinal y en la necesidad de extirpar parte de dicho órgano, pese a los riesgos que implica.
Sin perjuicio de que los razonamientos de la Corte de Apelaciones serán ahora discutidos en la máxima instancia, por de pronto cabe valorar la honestidad intelectual con que fallaron estos tres jueces. Resulta evidente el riesgo que representa para sus carreras en el Poder Judicial haber dictado un fallo contrario a las pretensiones de algunos partidos políticos; mucho más cuando entre los querellantes figura el propio gobierno. Esta muestra de independencia es valiosa, y es lo que siempre se debiera esperar de cualquier juez de la República.
En cambio, las destempladas reacciones de políticos en contra de esta sentencia constituyen una de las señales más preocupantes del caso. Especialmente cuestionable resulta que la senadora DC y precandidata presidencial haya calificado el fallo de “indignante”, agregando que “sabemos qué ocurrió”, pretendiendo así establecer una verdad al margen de las resoluciones judiciales. Siendo legítimo disentir de los fundamentos de una sentencia, referirse en esos términos al quehacer de un poder del Estado resulta chocante, más aún cuando ello es afirmado por alguien que aspira detentar la Presidencia de la República, donde un atributo esencial de dicho cargo es respetar la independencia del Poder Judicial. También resulta inadecuado que la Democracia Cristiana se cuadre institucionalmente con la tesis del asesinato, al margen de los pronunciamientos judiciales, provocando una peligrosa mezcla de intereses políticos con el actuar de los tribunales.
El curso que ha tomado el caso Frei, producto de las debilidades de la investigación y las presiones políticas para forzar un resultado, complican de sobremanera la tarea de la justicia para establecer la verdad jurídica en este caso de tanta trascendencia, por lo que todas las miradas estarán muy atentas a cómo resuelva la Corte Suprema. Lo que sí parece evidente es que el resultado deja en entredicho al juez Alejandro Madrid. Después de todo, es llamativo que tras 16 años de investigación a su cargo no haya logrado armar un caso lo suficientemente sólido, generando expectativas en unos que ahora podrían no cumplirse, y daños en la honra de otros que difícilmente podrán ser reparados. Este traspié, sumado ahora a la denuncia penal que enfrenta por presuntamente haber extraído fojas de un expediente y falsificar una resolución -en el caso “envenenamiento en la Cárcel Pública”-, lo dejan en un incómodo pie para ocupar próximamente la presidencia de la Corte de Apelaciones.
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