Los niños, niñas y adolescentes merecen formar parte de la Constitución

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Hace ya algún tiempo que hemos venido insistiendo que los niños son los grandes olvidados en nuestro país, que los diferentes gobiernos no han invertido en proteger lo que debiera ser lo más preciado que tenemos, nuestros niñas y niños que son el futuro de nuestro país.

Chile está en deuda con ellos. No hemos sabido darles la protección que necesitan para lograr un desarrollo integral que los ayude a integrarse en forma útil a la sociedad de la que forman parte. Creo que es el momento entonces de preguntarnos si consagrar algunos derechos a nivel constitucional cambiará en algo la forma en que se respetan los derechos de los niños y niñas. Creo que la respuesta es afirmativa y que un texto constitucional debiera contar con algunos derechos y también garantías expresas que hayan sido diseñadas específicamente para la protección de la infancia.

Si miramos hacia América Latina encontraremos que países como Brasil, Colombia, México, Ecuador y Bolivia han avanzado y no se han limitado a presentar la infancia solo como objeto de preocupación constitucional, sino que a nivel de Constitución han hecho un reconocimiento formal de los derechos de los niños.

¿Qué tenemos en Chile? A nivel constitucional nada, solo una alusión en su artículo primero al señalar “Es deber del Estado … dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta”, bueno podemos suponer sin mucha imaginación que los niños y niñas forman parte de una familia y que el Estado los va a proteger, sin embargo, hace tiempo nuestros gobiernos (todos) se han olvidado de ello, basta visitar algún hogar del Sename o dependiente de él (sin pretender generalizar), para entender que los niños en nuestros país no tienen derechos y menos tienen infancia.

Hoy necesitamos los Tratados de Derechos Humanos suscritos por Chile, entre los cuales se encuentra la Convención de los Derechos del Niño, para encontrar los principios fundamentales que deben ser tomados en cuenta en materia de infancia, como el interés superior del niño, el derecho a la identidad y tantos otros, es indispensable ahora elevarlos sin discusión alguna al rango constitucional y que nuestros niños finalmente tengan verdaderas oportunidades.

Los niños son sujetos de derechos y requieren además por sus especiales características una protección mayor, por lo cual lo más importante es el reconocimiento constitucional del interés superior del Niño como consideración primordial y estándar fundante de toda decisión general y particular que se adopte en relación a un niño.

También podemos pensar en otros derechos que deberán ser tomados en cuenta en todas las decisiones que se relacionen con la infancia, por lo cual deberían formar parte de nuestra carta fundamental, los niños tienen derecho a ser oídos, a participar y a que sus decisiones se tomen en cuenta en toda materia que les afecte, tienen derecho a la protección de la vida familiar y a no ser separados de sus padres, salvo en circunstancias muy calificadas; tienen derecho a vivir sin temor de sufrir cualquier forma de violencia en su contra, tienen derecho a que exista una prioridad presupuestaria para la infancia y por supuesto la existencia de instituciones autónomas a las que los niños puedan acceder para denunciar las violaciones a sus derechos.

Si hasta el momento nuestra constitución no se refiere a ellos y en la práctica pocos derechos tienen, ha llegado el momento de visibilizarlos a nivel constitucional y entender que nuestra sociedad será mejor, si nuestros niños y niñas logra tener una infancia feliz.

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