Necesidad de frenar la usurpación de inmuebles
La ocupación de terrenos y viviendas de forma ilegal se ha transformado en un fenómeno que se ha ido agravando y frente al cual la institucionalidad ha demostrado tener escasas herramientas para poder hacerle frente. Ello ha permitido que en algunos casos las situaciones de hecho se vayan perpetuando en el tiempo, transformándose en un incentivo para que no solo personas, sino también grupos organizados, incurran en estos ilícitos y en otros derivados de la usurpación, como estafas a arrendatarios y loteos irregulares.
Los casos se multiplican desde las tomas de predios agrícolas en la Macrozona Sur, ocupados en forma violenta en atención a reivindicaciones por parte de grupos que enarbolan la causa indígena, la ocupación de terrenos para levantar campamentos atendidas necesidades habitacionales, viviendas particulares que estaban sin sus ocupantes e incluso algunas próximas a ser entregadas a sus legítimos propietarios -como lo ocurrido hace pocas semanas en La Florida y en San Pedro de la Paz-, y casas de veraneo que sorpresivamente aparecen habitadas. A estas situaciones se suman las usurpaciones que se han observado en Cerro Navia, Valparaíso y otras comunas que dan lugar a verdaderos proyectos que se venden irregularmente, lucrando y fortaleciendo a organizaciones criminales.
Si bien hay protección penal frente a estos hechos, las sanciones son muy bajas y la situación de flagrancia que permitiría el desalojo inmediato tiene un plazo muy acotado -12 horas desde ocurrido el hecho- para eventos de esta naturaleza, en que el inicio de su perpetración muchas veces se materializa en fechas y horarios que no permiten al propietario advertir la situación -algo de especial ocurrencia en los meses de pandemia, en que las restricciones y cuarentenas impidieron velar por sus intereses. Se trata de una situación sujeta a una interpretación que no considera la usurpación como un ilícito de carácter permanente -como si fuera solo la intromisión en el inmueble y no la permanencia en él lo repudiable-, haciendo ineficaces los mecanismos legales. Por otra parte, las vías disponibles a través de la justicia civil para obtener la restitución demandan una considerable cantidad de tiempo, a lo que se agrega que la pandemia ha paralizado los términos probatorios.
Es por ello que se hace urgente avanzar en la discusión de los proyectos fusionados que se encuentran en el Senado que buscan aumentar las penas, que entre otros aspectos pretenden dejar establecido el carácter permanente del delito, de manera que el propietario pueda tener una respuesta inmediata considerada la flagrancia y que se puedan aplicar medidas cautelares personales, que hoy al tener una sanción de multa asociada no es posible.
En ese orden de cosas, es relevante que desde el punto de vista político no sigan enviándose señales equívocas, como ha ocurrido en el caso del candidato Daniel Jadue, quien en su programa de gobierno plantea que no se considerará el uso de la fuerza para el desalojo de asentamientos precarios, cuando el derecho a la vivienda prime por sobre el derecho a la propiedad privada. Aunque desde su comando han buscado matizar los alcances de esta propuesta, es evidente que el derecho de propiedad queda muy resentido -es previsible que las tomas se verán alentadas- y se aleja por completo de lo que debe ser una política pública para combatir el déficit habitacional.
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