Nueva Constitución y política exterior

Venezuela y Nicaragua protagonizan la Asamblea General de la OEA


Por Boris Yopo, sociólogo, analista Internacional y exembajador

La actual Constitución de la República no consagra en su actual redacción principios explícitos sobre la política exterior del país, aunque incluye algunas referencias a esta temática en varios artículos del texto. ¿Debiese la nueva Carta Fundamental contemplar de manera específica los principios o ejes rectores que guiarán la futura política exterior de Chile? Parece evidente que sí, considerando que la interdependencia global es hoy una realidad ineludible, y que nuestro país está cada vez más integrado al mundo, con las consecuencias positivas o más complejas que ello tiene.

Debiese entonces haber un capítulo, o al menos un conjunto de artículos que hagan referencia explícita a los principios que guiarán nuestra acción internacional. Algunos de los principios que se consagrarían no debiesen generar mayor controversia, porque hace mucho despiertan un consenso bastante transversal en el país. Me refiero, por ejemplo, al respeto y centralidad del Derecho Internacional en la política exterior, la solución pacífica de las controversias, la defensa y protección irrestricta de los derechos humanos, la promoción de la democracia, la no intervención en asuntos internos, la responsabilidad de cooperar en el ámbito internacional, la igualdad jurídica y respeto a la soberanía de los estados, y la defensa de la integridad territorial de los mismos. Otros estados latinoamericanos incluyen también la proscripción de amenaza y uso de la fuerza, y el repudio al terrorismo y al racismo, que son aspectos que se podrían debatir. El rechazo al unilateralismo y el apoyo al multilateralismo en la resolución de problemas globales es otra dimensión que pudiese considerarse en el nuevo texto.

Por otra parte, más complejo sería el diseño y redacción de un nuevo proceso decisorio en materia internacional. La gran pregunta, por ejemplo, es si debe mantenerse a la política exterior como prerrogativa exclusiva del Presidente de la República, o ésta debiese relativizarse dando nuevas atribuciones al Congreso en materias tan relevantes como negociación de tratados, nombramientos de embajadores, etc. Al respecto, en este tema existe también un híper presidencialismo que no siempre es del todo conveniente para los intereses del país. En el caso de las negociaciones de tratados, por ejemplo, éstas pueden ser secretas si el Presidente lo requiere, marginando a otros poderes del Estado y a la ciudadanía, aunque no haya riesgos para la seguridad nacional involucrados. Aquí hay un potencial de opacidad que no siempre es necesario y conveniente, menos en un momento del país donde se busca más horizontalidad e inclusión en los procesos de toma de decisiones. Y claro, por cierto, que toda negociación diplomática requiere momentos y espacios de reserva, pero hay que resguardar que ello no derive en un secretismo exagerado, donde se adopten decisiones que después pueden afectar gravemente los intereses del país.

Y respecto al nombramiento de embajadores, algunos ya proponen que se reponga la facultad que tenía el Congreso para aprobar los nombramientos. Hoy, como sabemos, es facultad privativa del Presidente o Presidenta. ¿Y cuál ha sido el resultado? En mi opinión (y es un tema que conozco de primera mano, habiendo sido embajador y funcionario de Cancillería por más de 15 años) ha sido uno mixto. Creo que ha habido muy buenos nombramientos, tanto de funcionarios de carrera como de personas externas al servicio, pero otros que han dejado mucho que desear, en ambos casos. Claramente falta más profesionalización en los nombramientos. Pero, ¿se resuelve esto devolviendo facultades al Congreso? No es claro. Los procesos podrían “politizarse” aún más, podrían usarse los vetos para presionar al Ejecutivo, y podría reeditarse la (mala) práctica del cuoteo en los nombramientos, como sucede ahora con los otros altos cargos en el Estado. Esto requerirá más análisis y debate. Por otra parte, el nuevo texto constitucional debiese consignar el “rol articulador” de la política exterior que debe tener la Cancillería, considerando la diversificación de actores públicos y paraestatales que hoy también tienen sus propias redes internacionales. Ello, con el objetivo de asegurar una coherencia básica en el quehacer exterior del país.

Pero, en definitiva, lo que sí es claro es que hoy la nueva Constitución no puede prescindir de referencias explícitas y específicas a lo que será la futura política exterior del país. Y ya hay un piso mínimo para avanzar en una redacción concordada, al menos por una gran mayoría. Chile es hoy un país de capacidades medias en el ámbito internacional, que depende y se beneficia de la integración al mundo, y que tiene responsabilidades que asumir en la provisión de los grandes bienes públicos globales, que permiten la paz, seguridad, y un mínimo de prosperidad. Esta realidad es la que debe quedar reflejada en lo que será nuestra nueva Carta Magna.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.