Nueva Ley de Migraciones: un justo equilibrio
Por Pilar Hazbun, Coordinadora del Programa Legislativo de Libertad y Desarrollo
Hace unos días el Presidente Piñera promulgó la “Nueva Ley de Migraciones”. Tras casi ocho años de tramitación en el Congreso Nacional, Chile contará con una nueva legislación en la materia acorde a estos tiempos que viene a reemplazar la obsoleta Ley de Extranjería, de 1975.
La nueva ley plantea un justo equilibrio entre el legítimo derecho del Estado de normar la forma en que los extranjeros ingresan y permanecen en el país, y el pleno respeto y garantía de los derechos fundamentales de los migrantes, para lo cual se contempla un catálogo de derechos. Este equilibrio, que se desprende de diversas disposiciones de la ley y que no fue afectado por la sentencia del Tribunal Constitucional que acogió parcialmente un requerimiento ingresado por diputados de oposición, es fundamental para conducir el fenómeno migratorio de manera fluida y ordenada de modo que no cause problemas humanitarios ni rechazo en la población nacional.
Una de las principales innovaciones es la creación de una nueva institucionalidad para abordar el tema de la migración desde un punto de vista integral. Así, por ejemplo, el nuevo Servicio Nacional de Migraciones será el encargado de llevar a cabo la Política Nacional de Migración y Extranjería y las acciones, planes y programas necesarios para su ejecución. Asimismo, éste ejercerá una serie de funciones, tales como llevar un registro de información sobre las migraciones, otorgar permisos de residencia y permanencia, resolver cambios de categorías y subcategorías migratorias, determinar la expulsión de los extranjeros cuando corresponda según la ley, entre otras. Por otro lado, se crea un Consejo de Política Migratoria, que será el encargado de proponer y actualizar las políticas en esta materia.
Resulta valioso, además, la instauración de un sistema de categorías migratorias flexibles que reflejen el grado de arraigo de los migrantes en el país, estableciéndose así dos grandes categorías para el ingreso: la permanencia transitoria y la residencia, la cual puede ser oficial, temporal o definitiva. Se busca con ello que se transparenten los motivos de ingreso, de modo tal que no ocurra que quienes ingresen como turistas terminen quedándose indefinidamente y exponiéndose a condiciones de precariedad. Finalmente, y entre otros aspectos de la nueva ley, se agiliza el proceso de expulsión para aquellos extranjeros que han infringido la ley migratoria, contemplándose incluso un mecanismo de devolución o reconducción inmediata.
Sin embargo, para poder ver los efectos de esta nueva ley deberemos esperar un tiempo. Su entrada en vigencia y la puesta en marcha de la nueva institucionalidad dependen de reglamentos y decretos que deben dictarse al efecto. La responsabilidad la tiene entonces la autoridad administrativa, quien tiene el desafío de dar pronta implementación a esta nueva legislación.
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