Nuevo impuesto sustitutivo

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SEÑOR DIRECTOR:

Hace unos días se despachó a ley la creación de un fondo transitorio para la reconstrucción de Valparaíso tras los graves incendios. El vehículo, que se nutrirá de aportes estatales y privados, contempla un esquema para descongelar recursos, pagando un impuesto corporativo entre 12% y 30%, según sea el caso.

La aprobación de un impuesto sustitutivo de impuestos finales en su versión 3.0, bajo la denominación de ISIF, representa un hito en la política tributaria del gobierno. Sin embargo, su implementación no estará exenta de desafíos y controversias en cuanto al diseño y efectividad.

En este sentido, la exclusión de los créditos de primera categoría en la determinación del ISIF para los contribuyentes del régimen semi integrado limita su incentivo y la efectividad de la medida. Además, llama la atención la ausencia de la opción para poner fin al Fondo de utilidades reinvertidas mediante un mecanismo similar al ISIF, esto es, el ISFUR.

Sin embargo, es alentador ver avances al otorgar exenciones a los contribuyentes con motivo de la emergencia ocurrida en Valparaíso, buscando incentivos para facilitar el pago de impuestos. No obstante, su implementación por parte de los contribuyentes requiere una revisión cuidadosa para maximizar su eficacia y beneficios.

Agustín Brzovic

Director Legal de Consultoría Tributaria de CCL Auditores Consultores

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