Objeción de conciencia

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SEÑOR DIRECTOR:

El periodista Daniel Matamala, en su columna del domingo citando a Gloria Hutt, declara que sólo las personas tienen conciencia, con lo cual no cabría la “objeción de conciencia institucional”.

Es curiosa esta aseveración en un mundo que cada vez les exige más conciencia a las empresas. Bajo las siglas ESG, se resume, la necesidad de que las empresas sean ecológicas, sustentables y se gobiernen adecuadamente. Eso supone que participen de los valores de la comunidad donde operan. No se trata efectivamente de que las personas jurídicas tengan conciencia o alma, pero crecientemente se le adjudican responsabilidades más propias de personas naturales, como la penal, por ejemplo.

¿Puede un supermercado negarse a vender armas? ¿Puede un restaurante vegetariano negarse a vender carne? ¿Puede un musulmán en su almacén no vender alcohol? ¿Puede una clínica católica negarse a practicar abortos? En todos estos casos, me parece que la respuesta es positiva. En sociedades libres donde no existen monopolios podemos darle cierta libertad a las empresas para decidir los productos y servicios con que servirán a la comunidad donde operan, sin que por ello se afecte esa comunidad.

Habiendo demanda para armas, carne, alcohol o abortos, alguien la ofrecerá y la necesidad quedará satisfecha. ¿Puede la objeción de conciencia personal o institucional quedar en una Constitución sin desnaturalizarla? Por supuesto.

Gerardo Varela A.

Abogado

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