Pausa constitucional

Temáticas de la Constitución de la Republica de Chile


Se ha vivido en emergencia desde hace un tiempo. Los sucesos a partir del 18 de octubre pasado. Y ahora la peste. Hasta hace poco sólo hablábamos de la Constitución, en la que se proyectaban buena parte de los problemas y esperanzas. Hoy estaríamos a casi una semana del plebiscito. Pero llegó el bicho y rebarajó el naipe de un modo implacable. Por un tiempo, al menos.

La peste ha traído una especie de pausa constitucional. En la prensa se habla más de ventiladores mecánicos y temores de desempleo, que de Estado subsidiario o solidario, derechos sociales y el modo en que se harán efectivos o de la relación entre la Corte Suprema y el TC. Es comprensible: la emergencia tiene ese carácter concreto e inmediato propio de lo urgente.

Pero esta pausa constitucional puede ser útil para el debate constituyente que, como el futuro, va a llegar. La emergencia muestra con claridad algunas cosas. Cosas que más o menos sabíamos, pero que, al calor de la calle, fue fácil confundir u olvidar.

Una de ellas es la importancia de la ley. La ley suele estar más cerca de la vida cotidiana que la Constitución. En tiempos más y menos normales, como los que corren. Por ejemplo, el actor principal de la actual emergencia es el Código Sanitario, una simple ley.

La Constitución ha sido importante, qué duda cabe. Siempre lo es, aunque sea, por así decirlo, atmosféricamente: siempre está detrás, en la última línea del funcionamiento estatal. Y en esta crisis ha tenido su papel, nada menos que en la declaración de estado de catástrofe y en la limitación de la libertad de movimiento que ese estado permite. Así, la mano inmediata de la Constitución está en el toque de queda. No es poco, sobra decirlo, pero es eso.

En lo demás, en las cuarentenas, en la obligación de usar mascarillas, es los testeos, cordones sanitarios, suspensión de clases, revisión de licencias médicas y reembolsos, y en toda la artillería estatal que se ha desplegado por el virus, está la ley. Y la administración, claro. Busque la palabra “epidemia” en el Código Sanitario y notará la diversidad y el calibre de las armas que pone en manos del Gobierno y de su autoridad de salud.

¿Deberíamos, entonces, olvidarnos de la Constitución para concentrarnos en las leyes y reglamentos? La respuesta es obvia: no. Pero la pausa constitucional de estos días apestosos aconseja hacer más compleja y realista la tabla del debate que vendrá.

Hasta la llegada del virus, la Constitución parecía eclipsar el resto del sistema jurídico. Se convirtió en una especie de fetiche que hizo desviar la vista del enjundioso entramado que, a punta de leyes, reglamentos, ordenanzas, instrucciones, autos acordados y de un sinfín de normas; procesa cotidianamente nuestras vidas.

De alguna manera, la emergencia ha roto ese eclipse, echando luz sobre la cercana e ineludible importancia de las demás normas. Ellas materializan lo que Roberto Gargarella, un distinguido jurista argentino, ha llamado como la “sala de máquinas”. Es esa maquinaria que opera en el Gobierno, Congreso, Poder Judicial y en otros órganos, hoy excepcionalmente, pero que, una vez superada la emergencia, seguirá con sus nada despreciables poderes normales. Día a día, facilitando o dificultando la vida de las personas con una inmediatez que la Constitución difícilmente tiene.

El fetichismo constitucional era un virus que amenazaba antes que llegara la pausa impuesta por el Corona. Es de esperar que, pasada la emergencia, ninguno de los dos rebroten.

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