Plebiscito: el momento de inflexión en los cambios al proceso constituyente
Por Miriam Henríquez, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado
Deseo llamar la atención sobre la urgencia en la tramitación de los proyectos de reforma constitucional iniciados antes del plebiscito nacional y la inadmisibilidad de aquellos que, presentados con posterioridad, buscan cambiar las reglas del procedimiento constituyente. El acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, del 15 de noviembre de 2019, fijó un horizonte claro: el proceso debe ser democrático, institucional, representativo e inclusivo de todos los sectores de la sociedad. Para ello se aprobó en diciembre de 2019 una primera reforma constitucional que modificó el capítulo XV de la Carta actual para establecer las etapas del proceso y las principales normas de elaboración del futuro texto constitucional. Sin dudas, lo relacionado con la aprobación de las normas constitucionales por una mayoría de 2/3 y la hoja en blanco son los ejes centrales que se tuvieron en cuenta en el plebiscito.
Sin embargo, otras reformas constitucionales han sido necesarias para cumplir con los objetivos trazados. Por ejemplo, el proyecto que buscaba facilitar la participación de listas de independientes y asegurar la representación equilibrada entre hombres y mujeres en el órgano constituyente. Esta reforma se aprobó a principios de marzo de este año y, sin dudas, su contenido fue una de las razones del amplio triunfo de la Convención Constitucional. Por otro lado, el 17 de diciembre de 2019 se presentó el proyecto que pretende establecer escaños reservados para los representantes de los pueblos originarios, así como la inclusión de personas en situación de discapacidad en las listas de candidatos a convencionales. Este proyecto ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y actualmente se tramita ante una comisión mixta.
En marzo, con motivo de la pandemia, se aprobó otra reforma constitucional cuyo fin fue reprogramar el itinerario constituyente; en agosto se dotó de nuevas potestades al Servicio Electoral para llevar adelante un plebiscito seguro; y en septiembre se inició otro proyecto de reforma que procura modificar las condiciones de presentación de candidaturas y listas independientes en la actual situación de restricciones sanitarias. Este último proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados y se encuentra en tramitación ante el Senado.
Como se advierte, todos estos proyectos se presentaron antes del 25 de octubre. La ciudadanía concurrió a votar en ese escenario y muchos con la confianza de que tales reformas serían inminentes. Pero tras el plebiscito, nuevos proyectos de reforma constitucional que pretendan modificar el núcleo del proceso constituyente son políticamente improcedentes. Urge la definición de los contenidos de los proyectos en actual tramitación que satisfagan los ideales previstos en el acuerdo. Nos encontramos a menos de 50 días para la inscripción de candidaturas a la Convención Constitucional y la ciudadanía necesita conocer cuáles serán las reglas para hacerlo.
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