Propiedad pública en el rescate de empresas

Gerdau


Por Eduardo Saavedra, académico de la Facultad de Economía y Negocios, y director académico del Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas de la U. Alberto Hurtado

La profunda crisis económica derivada de la pandemia del Covid-19 pone en jaque la continuidad de los negocios y la estabilidad del empleo, en particular de las grandes empresas que operan en servicios de transporte, turismo o retail. Algunas de estas empresas han reducido sus ventas al punto de plantear abiertamente su rescate con fondos públicos, tal como se discute en Estados Unidos y Alemania para ciertas empresas proveedoras de servicios estratégicos, generadoras de empleo y con sólidos encadenamientos productivos hacia otras industrias y empresas más pequeñas. La intervención que hizo el Banco Central de la banca chilena en enero de 1983 es un caso concreto de rescate en el país, en donde se inyectaron miles de millones de dólares para comprar deuda vencida y evitar el colapso de nuestro sistema de pagos. Dicho rescate tuvo un costo para el ente emisor de 6% del PIB (en torno a 18 mil millones de dólares al PIB actual), ya que actuó en la práctica como un prestamista “blando” y no como un dueño que corre riesgos y compensa pérdidas con ganancias.

¿Cómo debería ser el rescate de grandes empresas en crisis en el Chile actual? Muy ideológicamente algunos se oponen a que el Estado adquiera participaciones accionarias de estas empresas, reservando así al Estado nuevamente el ingrato rol de prestamista, socializando las pérdidas y privatizando las ganancias que se produzcan con esta crisis. Unas empresas finalmente quebrarán, lo que condenaría al Estado, y por ende a todos los contribuyentes, a perder dinero a manos llenas, sin recuperarlo desde las empresas que resistirán la crisis, las que solo pagarán lo adeudado y, seguramente, a módicos intereses que están lejos de ser los de mercado.

La responsabilidad sobre los fondos públicos indica que, luego de agotadas otras opciones en el mercado de capitales, el rescate deba ser adquiriendo propiedad de las empresas. Si finalmente algunas quiebran, el Estado igualmente perderá su capital invertido, pero en aquellos casos exitosos la evidencia indica que el valor de sus acciones subirá, dándole ganancias una vez que venda dichas acciones. Bajo esta modalidad, el Estado actúa como un inversionista que diversifica el riesgo, por lo que unos pocos casos exitosos podrían más que compensar las pérdidas de los casos fallidos. Esta opción es claramente superior, ya que los recursos son de todos los chilenos y tienen un costo alternativo, especialmente en períodos de pandemia y recesión económica. El Estado debe asegurar que se maximizará su recuperación, lo que se hace si tanto el Estado como los empresarios reciben el mismo trato una vez superada la crisis.

Algunos requisitos mínimos a tener presente si el rescate se focaliza en sociedades anónimas abiertas son los siguientes: (i) para evitar sesgos, se debe valorizar el rescate al valor bolsa pre crisis Covid-19, por ejemplo al precio de cierre del 30 de enero de 2020; (ii) los dueños originales podrían tener prioridad para recomprar sus acciones, por lo que se deben definir hitos en que el Estado sacará a remate sus acciones y los dueños originales podrían ejercen su derecho prioritario de recompra un tiempo definido antes de cumplido el hito, pagando el valor bolsa de dichas acciones; (iii) no deben imponerse restricciones a los derechos del Estado como accionista, en particular en el nombramiento de directores, toma de control y eventual gestión de las empresas; y (iv) su participación como accionista debe quedar en manos del Sistema de Empresas Públicas y sus directores ser elegidos por el Sistema de Alta Dirección Pública, no creando otras figuras ad hoc para las empresas rescatadas.