Protección de la niñez

Cierre de centro del SENAME en el cerro Cordillera en Valparaíso.


SEÑOR DIRECTOR:

En 1990 se ratificó en Chile la Convención sobre los Derechos del Niño, y recién en marzo de 2022 entró en vigencia la Ley de Garantías y Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia, reconociendo a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho.

Sin embargo, ni el anteproyecto ni las enmiendas presentadas por el Consejo Constitucional incluyen ese reconocimiento. Incluso más, de ser aprobadas, algunas de las enmiendas que se votan esta semana representan un serio riesgo de retroceso en materia de derechos humanos.

Resultan particularmente preocupantes las “correcciones” que desdibujan el concepto de interés superior del niño, y que, además, está considerado como uno de los “bordes” constitucionales. Establecer en términos generales que el cuidador o una persona designada tendrá prioridad al momento de determinar el interés superior del NNA, sin considerar sus derechos, opiniones, entre otros, es no considerar lo que establecen tanto la Convención como la Ley de Garantías.

Nos preocupa también la posible obstaculización a la aplicación de tratados internacionales de DD.HH., la asistencia jurídica especializada para NNA, lo referido a responsabilidad penal adolescente, la restricción de nacionalidad para hijos(as) de extranjeros irregulares, y la inclusión de NNA de manera explícita en el derecho a la libertad de conciencia; temas abordados y presentados por la Defensoría ante los y las consejeras.

Hacemos un llamado a tener como consideración primordial a niños, niñas y adolescentes en la redacción de la nueva Constitución, resguardando sus derechos y fortaleciendo los logros legislativos alcanzados.

Giannina Mondino

Defensora de la Niñez (s)

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.