RUF y tribunales militares
SEÑOR DIRECTOR:
¿Por qué hasta hace poco las reglas del uso de la fuerza no eran tema y hoy pareciera que la seguridad de nuestro país dependiera de que estas se conviertan en ley? Es curioso como algo que ignoramos por décadas, ahora sea la solución a los problemas. ¿O nuevamente nos están contando un cuento?
El año 2010, hubo cambios a la justicia militar, pasando a ser conocidas por la justicia civil, las causas de orden público en las cuales había civiles involucrados. Pareciera ser, desde ahí en adelante, que jueces y fiscales -ávidos de perseguir carabineros y militares-, empezaran a desconocer que ellos están legitimados para usar la fuerza en razón del ejercicio de sus funciones y no de la misma forma que un civil puede usarla para defenderse.
Desconocer las reglas de uso de la fuerza que están claramente determinadas en un decreto y que por esencia deben ser dinámicas, no es más que activismo. La solución es simple: los hechos que puedan ser constitutivos de delitos, cometidos por funcionarios de las Fuerzas Armadas, Carabineros y Policía de Investigaciones en el ejercicio de sus funciones de orden público, conforme las reglas de uso de la fuerza vigentes, deben ser conocidos por tribunales militares, quienes tienen el conocimiento e independencia necesarios para juzgarlos objetivamente.
Andrea Barros
Ideas Republicanas