Sobre el uso de pistolas de electrochoque Taser
SEÑOR DIRECTOR:
Ante la potencial incorporación de armas de electrochoque o pistolas Taser, resulta pertinente tener en consideración que uno de sus fabricantes ha realizado advertencias, en el sentido de no emplearlas con personas “bajo los efectos de drogas, con enfermedad mental, en estado de agitación, con problemas de corazón, muy delgadas, que lleven un cuchillo en la mano o se puedan caer sobre un objeto peligroso, entre otras”, para evitar que su uso termine siendo letal. En España se investiga el caso de alguien que sufría una enfermedad mental, quien murió 24 horas después de que los Mossos d’Esquadra le dispararan con una Taser.
Sobre las advertencias respecto al uso de armas, su inobservancia y las consecuencias de ello, no es necesario mirar fuera de Chile. En efecto, respecto a escopetas antidisturbios, ya en 2018 se sostenía que su uso provocaba lesiones graves e incluso muerte, siendo “un tipo de munición imprecisa o inexacta”, cuyos efectos dependen del tipo de arma y proyectil empleado, de la distancia y de la parte del cuerpo que impacte, “siendo dudoso que su uso pudiera ser seguro”. Pese a esto, se usaron en el estallido social, con las consecuencias conocidas.
Lo mínimo que puede exigirse es prudencia: analizar ventajas, pero por sobre todo las desventajas, y ser consecuentes con ello a la hora de dictar protocolos que lo regulen, si se optara por dicha vía.
Angélica Torres Figueroa
Académica e investigadora del Programa de Reformas Procesales y Litigación UDP
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