Subdivisión de predios rústicos

parcela


SEÑOR DIRECTOR:

Estar o no a favor de las mal llamadas “parcelas de agrado”, más bien subdivisión de predios rústicos generados a partir del DL 3.516 del año 1980, no es una discusión sencilla. Son muy diversos los casos: los hay de primera vivienda o segunda vivienda; respetuosos del medio ambiente (incluso algunos “netzero”), otros irrespetuosos y contaminantes; emplazados en áreas con alto potencial agrícola y otros tantos en suelos infértiles; se han generado sistemas periurbanos, suburbanos y también algunos netamente rurales; con urbanizaciones de excelente calidad y otras muy deficientes (dejando por supuesto fuera de discusión la inmensa cantidad de loteos brujos que también existen). Vale decir, si no se tiene una conciencia global y total de la realidad, es fácil caer en la tentación de simplemente prohibir todo.

La verdad es que la subdivisión de predios rústicos se ha generado durante los últimos 42 años, avalada por una interpretable y desarticulada legislación existente. Siendo estas una realidad en nuestro país, las operaciones de subdivisión de este tipo ingresadas en 2021 han aumentado casi en un 100%. Este fenómeno se explica en buena parte por la pandemia que nos ha aquejado y por la aspiración de muchas familias de vivir en un lugar alejado de la ciudad, con una mejor calidad de vida y con mayor contacto con la naturaleza. A este anhelo se suma la enorme diferencia de precios entre una opción urbana y otra rural, causado en parte por el marco regulatorio que las rige.

Lo anterior ha tenido también consecuencias negativas, como las medioambientales, la necesidad de generación de servicios básicos muchas veces insuficientes para la ruralidad, problemas de vialidad, de transporte público, etc. Es clave ahora regular las áreas rurales y suburbanas con una mirada multisistémica, teniendo una clara radiografía de la realidad total de la situación actual, haciendo previamente un levantamiento de sus existencias, incluyendo en ellas los conjuntos de vivienda social que se han construido y que son permitidos en estas áreas.

Podemos, entonces, enfrentar este desafío y transformarlo en una oportunidad, incorporando las áreas rurales al ordenamiento y planificación del territorio, aprendiendo de nuestra experiencia y, por qué no, de nuestros errores.

Si solo se generan prohibiciones, y no una regulación que dé cuenta de estas distintas posibilidades, realidades y contextos, estaremos frente a una nueva versión del sillón de don Otto.

Mónica Álvarez de Oro S.

Past president de la Asociación de Oficinas de Arquitectos

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