Tribunales morales

Imagen Padre Cristián Precht 03
El sacerdote Cristián Precht ya cumplió una condena canónica.


El caso del (ex) sacerdote Cristián Precht ha adquirido un ribete inédito, al haberse nuestras cortes atribuido jurisdicción para resolver sobre su vínculo con su iglesia. Algo por completo inédito. Una investigación canónica al interior de la arquidiócesis de Santiago determinó que graves acusaciones contra Precht eran plausibles y elevó el expediente al Vaticano para que se abra una investigación canónica, ordenándole a modo de medida cautelar residir en Santiago mientras todo ello se resuelve.

Inusitadamente, el exvicario interpuso un recurso de amparo en contra de su arzobispo, alegando que dicha medida coartaba su libertad personal. La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, no por falta de competencia, sino basada en resolver una confusa discusión si acaso la medida existía (fue negada por el recurrido, aunque se comunicó públicamente), declarando que no era efectiva y no procedía el amparo.

La Corte Suprema revocó la sentencia anterior, al estimar que la medida sí existe. Y estimándose plenamente competente para resolver, adujo que la medida "coloca (a Precht) en la imposibilidad moral de trasladarse fuera de los límites de la capital", lo que "amenaza y perturba la libertad personal del amparado (…) cuestión que es capaz de generar en él un fundado temor de ser objeto de coerción, consistente en la imposición de graves sanciones morales en caso de incumplimiento". Por lo tanto, acogió el recurso de amparo y ordenó cesar cualquier acto –incluso de carácter moral, se colige- que afecte la libertad personal de Precht.

Pues bien, se trata de un fallo que –basta leer- entra al terreno moral y pretende que los tribunales chilenos pueden dirimir la vinculación de conciencia entre las personas (naturales o jurídicas), y en este caso de un sacerdote con su iglesia. Porque impedimento jurídico o de hecho para que Precht abandonara Santiago no había ninguno, como no fuera la obediencia debida a su autoridad eclesiástica, según sus propias creencias. Con un agregado: que dicha iglesia es además un Estado independiente. Una sentencia que parece haber complicado el asunto, porque el Papa, soberano de la Iglesia Católica y del Estado Vaticano, dispuso la expulsión de Precht sin más trámite del sacerdocio, ciertamente por la gravedad de los hechos imputados, pero también –sin duda- por haber recurrido a los tribunales ordinarios. Ante tal orden, el afectado ha interpuesto ahora un recurso de protección, alegando que no se respetó el debido proceso, lo que es hecho indiscutible y cuestionable. ¿Qué hará ahora la Corte Suprema: acaso dejar sin efecto la decisión papal por haber obrado "manu militari" y no respetar la Constitución chilena?

Nuestro máximo tribunal tiene ahora la oportunidad de enmendar y, de paso, formular estándares objetivos que limiten su poder, algo que suelen hacer sus símiles de las naciones más respetadas.

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