Un quebrantamiento de la Constitución y de la igualdad ante la ley

fernandez allende

Resulta peligroso que en el afán de salir a blindar a la senadora Allende y la ministra Fernández se estén utilizando argumentos que debilitan la Constitución y que además implican medir con varas muy distintas la infracción manifiesta de las normas.



El gobierno ha decidido salir a blindar a la senadora Isabel Allende y a la ministra de Defensa Maya Fernández -ambas militantes del PS-, ello a raíz de los cuestionamientos de que han sido objeto por parte de la oposición tras la frustrada venta de la casa del expresidente Allende al Ministerio de Bienes Nacionales. Dicha compraventa tenía evidentes vicios de constitucionalidad, debido a que dentro del listado de copropietarios figuraban tanto la senadora como la ministra, transgrediendo de manera explícita la disposición constitucional que prohíbe a ministros y parlamentarios celebrar contratos con el Estado.

En virtud de ello, el Partido Republicano y Chile Vamos han presentado sendos requerimientos ante el Tribunal Constitucional (TC), con el fin de que se pronuncie sobre la cesación en el cargo de la senadora Isabel Allende (PS), que es justamente la sanción contemplada por la Carta Fundamental en caso de que parlamentarios incurran en dicha infracción. A su turno, la oposición evalúa una posible acusación constitucional en contra de la ministra Fernández.

Ha sido en ese contexto que la ministra del Interior desplegó una defensa de ambas personeras, asegurando que si bien reconoce el derecho de la oposición de recurrir al TC, esperaría que “en el marco del ejercicio de esas facultades ciertos límites no se pasen a llevar”. Hizo ver que “son personas que han actuado siempre de buena fe”, y que los errores cometidos en la adquisición de la propiedad que perteneció al exmandatario fueron admitidos y enmendados de inmediato. “Eso espero que se pondere y que todos los actores que tengan algo que decir en esto no pierdan ese aspecto”.

En esa misma línea han argumentado sectores ligados al oficialismo, que en su afán de defender el actuar de la senadora y de la ministra han comenzado a construir teorías constitucionales inauditas, como por ejemplo sostener que el ilícito solo se configuraría en la medida que se acreditara un perjuicio fiscal, o si se hubiese actuado con mala fe; también se ha asegurado que por el hecho de que el contrato no se “perfeccionó” -puesto que la compraventa finalmente no se llevó a cabo-, entonces no ha existido una contratación con el Estado.

No se está calibrando que los argumentos esgrimidos por el gobierno y otras voces para salir en defensa de la senadora y de la ministra conllevan el peligro de que en los hechos se está invalidando la propia Constitución. Más allá de que se trata de sectores que en su fuero íntimo probablemente sienten poco apego con esta Constitución, que de hecho han tratado de cambiar en dos oportunidades sin éxito, deben comprender que es la ley fundamental que rige en el país, y en la medida que se debilita la propia Carta Fundamental entonces inevitablemente se afecta toda la arquitectura institucional.

Mediante estos subterfugios se pretende relativizar una infracción constitucional manifiesta, sobre todo cuando la disposición -que tiene una larga data en nuestra tradición constitucional-, no deja duda alguna de que la Carta Fundamental busca prohibir todo tipo de contratación entre ministros y parlamentarios con el Estado, para evitar los potenciales conflictos de interés que de ello se podrían derivar. La prohibición está redactada en términos amplios -y a la vez estrictos- precisamente porque con ello se busca evitar el tipo de casuística que ahora se pretende mañosamente instalar, pasando además por alto que, más allá de la buena fe que se podría presumir en todos los que intervinieron en la fallida operación, en este caso sí existió una contratación con el Estado -lo que se manifiesta en la celebración de un contrato de compraventa que fue reducido a escritura pública-, de modo que la causal invocada está acreditada.

Sin duda que con este modo de actuar se está enviando una señal muy desconcertante hacia la ciudadanía, porque además de relativizar la importancia de cumplir con lo que la Constitución mandata, en este caso se está además quebrantando un pilar fundamental del Estado de Derecho, cual es el principio de la igualdad ante la ley, porque claramente aquí se están midiendo con varas muy distintas el quebrantamiento de la legalidad. Ciertamente que ningún ciudadano que sea sorprendido actuando en contra de la ley podría zafar de una sanción escudándose en que actuó de buena fe, o que pese al sentido claro de una norma esta en realidad debería interpretarse de un modo distinto al de su tenor literal, o alegar su desconocimiento, pues la ley se presume conocida por todos. Mucho menos podría esperar a su favor defensas corporativas de partidos políticos o del propio gobierno, con indisimuladas exhortaciones a un tribunal para que falle en un sentido determinado. Los discursos en favor de la “igualdad”, de la lucha contra los “privilegios” y de que nadie está por sobre la ley una vez más se desarman por completo ante este proceder tan discrecional. Que La Moneda haya hecho efectiva la responsabilidad sobre la exministra de Bienes Nacionales, y en cambio haya salido a blindar a la ministra de Defensa, pese a la responsabilidad directa que a ella le cabe en todo este entuerto -también a la senadora-, es otra muestra de la falta de igualdad ante la ley, algo que el gobierno supuestamente se había comprometido a erradicar.

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