El Vuelo del Cóndor y el Plan Regulador
Hace algunos días, una pareja de Cóndores hicieron noticia por "Invadir" zonas destinadas al poblamiento humano. Claro está que precisamente la "invasión" es absolutamente la opuesta. Los límites de la ciudad avanzan y es necesario considerar que esta realidad va a ser cada vez más frecuente y, por ello, se requiere de mecanismos que garanticen adecuadamente la protección de ecosistemas ricos en biodiversidad y servicios ambientales.
La planificación territorial contiene una serie de cuerpos normativos, cuyos pilares a efectos de garantizar una adecuada protección del territorio, están contenidos en la Ley General de Urbanismo y Construcción y en la Ley 19.300 sobre bases generales de Medio Ambiente. Asimismo, una serie de leyes (Monumentos nacionales, Zoit, Decreto 169 y otras) complementan el régimen legal, que regula el uso del suelo y protege las áreas de interés ambiental y patrimonial. La materialización de estas normas se expresa en los instrumentos de planificación territorial, ya sean intercomunales o comunales, y se denominan los Planos Reguladores. Éstos establecen zonificación, regulan la densidad y usos del suelo, fijan los límites, priorizan la urbanización, infraestructura vial, caminos etc. Ahora bien, en zonas rurales que no cuentan con este instrumento de planificación, opera el Decreto Ley 3516 del Ministerio de Agricultura, en que para construir vivienda en la mayoría de los casos basta la autorización del SAG a la subdivisión de predios de mínimo ½ hectárea, pudiendo éstos inscribirse en el conservador y desarrollarse en zonas que, bien pudieran gozar de algún nivel de protección, pero al no contar con un instrumento como el Plan Regulador comunal, se encuentran en una posición altamente vulnerable.
Hace un par de años, la Fundación San Carlos de Maipo adquirió cerca de 300 hectáreas del Humedal de Batuco para su restauración y protección. Sin duda, hay importantes avances en el proceso y hoy en su sitio web ( www.fsancarlos.cl) se pueden conocer los Planes de Manejo y de Conservación del que han llamado "El Humedal de los Niños". La realidad de Batuco no es muy distinta de lo que hemos comentado. Hoy, los terrenos afectos al humedal están contenidos en los que rigen para la comuna de Lampa y mientras no cuenten con un plano regulador local, se rigen por el intercomunal y por las disposiciones del DL 3516, estableciendo brechas en la gestión de ambos instrumentos, que se traducen en la práctica en asentamiento en zonas de valor ambiental necesarias de regular de manera más específica. Por ello, es que sin un instrumento de planificación local que, además, aporte seccionales específicos para este tipo de áreas, las figuras de protección existentes carecen de la fuerza necesaria para ser efectivamente protectoras. Se ha planteado impulsar figuras de protección como "Santuario de la Naturaleza" que se sumen a las ya existentes. Sin embargo, como lo hemos visto en otros santuarios en zonas rurales, mientras no exista un instrumento de planificación local, enmarcado en las disposiciones de la Ley de urbanismo y construcción, ésta u otra figura de protección sólo serán gravámenes para la restauración del área, sin tener garantizada la protección efectiva, que confiere un instrumento como el plano regulador.
Esperamos que el proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad se haga cargo de esta realidad e impulse al Estado a contar con las herramientas, que permitan proteger y hacer sustentable y efectiva la recuperación de nuestro patrimonio ambiental. Hoy, sin duda, es el sector privado el que está impulsando la preservación y recuperación del entorno. Aun sin contar con gestión articulada, apoyo normativo e incluso incentivos tributarios, muchos de sus apoyos significan un gasto rechazado, resultando imprescindible que las políticas públicas dialoguen con la sociedad civil para ver realmente lo que mueve la aguja en la conservación ambiental.
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