Paula

Las deudas de la Ley Zamudio

La normativa, que busca erradicar la discriminación arbitraria en nuestro país, hoy se encuentra en un momento clave. Y es que su reforma -que está en discusión en el Congreso- pretende, por primera vez, instalar medidas concretas de reparación a las víctimas y establecer una cultura de lo preventivo en materia de exclusión social.

Han pasado 9 años desde que se promulgó la Ley 20.609, más conocida como “Ley Zamudio” en nuestro país. La normativa -que castiga judicialmente la discriminación arbitraria- fue promulgada en 2012, con el objetivo de proteger a los ciudadanos y ciudadanas de diversos actos discriminatorios, ya sea por motivos de orientación sexual o identidad de género, como también por nacionalidad, situación socioeconómica, religión, estado civil, discapacidad y apariencia, entre otras.

Sin embargo, su promulgación -afirman organizaciones y activistas- no fue garantía de mucho. De acuerdo a las cifras de la Dirección de Estudios de la Corte Suprema (DECS), desde que se puso en vigencia la Ley 20.609, se han ingresado solo 468 denuncias civiles, de las cuales 274 tuvieron sentencias definitivas. Del total, solo un 7% de estas causas fue relativa a discriminación por orientación sexual o identidad de género, mientras que las interpuestas por discapacidad o enfermedad llegaron a un 40%, el porcentaje más alto de todas las categorías.

A pesar de esto, la percepción y ocurrencia de actos discriminatorios en la esfera pública y privada es alta. Hace solo unos días, se viralizó el video de una mujer en situación de discapacidad, arrastrándose por las escaleras del Metro, luego que el ascensor de la estación Gruta de Lourdes no estuviera habilitado. “La solución que nos daban era que bajáramos por la escalera mecánica. Pero yo no puedo hacer eso porque bajando así me caí, y me puedo enganchar del pelo o de las zapatillas y me puede pasar algo peor”, decía la joven afectada.

Y como ese caso, hay muchos. Así lo demuestran los datos de la Segunda Consulta Nacional de Discriminación, publicada en 2021 por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, en conjunto con el Centro de Políticas Públicas UC. Según el sondeo, un 48% de las personas se han sentido discriminadas arbitrariamente. Así, entre los motivos relativos a esta exclusión, aparecieron la apariencia personal (42%), la ideología u opinión política (22%) y la situación socioeconómica (21%).

“Hay un nivel de prejuicio muy fuerte y eso nos tiene que hacer pensar por qué vivimos el momento que vivimos. Si tuvimos el estallido social, es porque hay personas que se sienten no solo en desventaja, sino que marginadas. Somos un país muy segregador en lo social, donde la discriminación es a todas luces. Por ejemplo, la xenofobia ha crecido muchísimo, producto de la migración masiva a la cual los chilenos no estaban acostumbrados. ¿Cómo aseguramos que exista un ambiente respetuoso frente a personas que vienen de otros países, cuando a la vez, el mundo migrante es asociado al crimen o delincuencia en los medios de comunicación? Tenemos ese tipo de problemas estructurales. Y la gente no acude a la Justicia porque piensan: ‘¿Para qué me sirve la ley? ¿Qué es lo que gano?’”, analiza Lidia Casas, abogada y directora del Centro de Derechos Humanos UDP.

Así, la efectividad de la normativa está en entredicho. Pero, ¿en qué está fallando la actual Ley Antidiscriminación y por qué las víctimas optan por no denunciar? Para Rodrigo Mallea, abogado y vocero de Disidencias en Red la prevención, sin duda, es una de las principales debilidades. “Esa es la única forma de erradicar la discriminación y, en eso, no solo hay que actuar después de que suceda un hecho de violencia, sino antes. Hay que pensar cómo promovemos y garantizamos que ese derecho se respete, previo a que sea vulnerado. Y la Ley actual escasea en ese enfoque”, explica.

Otro de los flancos abiertos de la Ley Zamudio dice relación con la conceptualización misma de discriminación arbitraria que aparece en la normativa. “Actualmente, esa definición es reducida porque invisibiliza la discriminación indirecta. En muchas ocasiones una medida que parece neutral, como por ejemplo tener escaleras en un departamento, sin ascensores. Eso discrimina a un grupo de personas, como las que tienen discapacidad y movilidad reducida”, analiza la abogada y activista por los derechos LGBTIQ+, Constanza Valdés. “Además, hay elementos asociados a la discriminación múltiple o estructural que tampoco se consideran. Y justamente ahí ocurren muchos de esos actos de discriminación”, agrega.

A todo esto, hay que sumar que no existe una reparación efectiva a quienes son víctimas de estos actos. Como máximo, se puede lograr que el o la responsable pague una multa de 5 a 50 UTM que solo va en beneficio fiscal. Por eso, dice Constanza Valdés, las personas afectadas finalmente no denuncian. “Es un procedimiento que puede demorar años en los Juzgados Civiles, en el que además existe la revictimización constante. Como es un proceso largo, hay que tener capacidad económica suficiente para tener abogados. Entonces cuesta tiempo, salud mental y dinero. Considerando esos elementos: ¿Voy a tener ganas realmente de interponer una acción de no discriminación cuando la única sanción que contempla la Ley es una multa a beneficio fiscal? ¿Qué gano yo? ¿Me reparan el acto gravoso? ¿Me garantizan que esa persona se va a someter a una capacitación? ¿O que esa multa fiscal vaya a alguna política pública relacionada con la no discriminación? No, nada se garantiza. Por esa misma razón, mucha gente desiste del proceso o llega a conciliaciones”, manifiesta.

Por eso, desde hace algún tiempo, organizaciones de la sociedad civil y activistas se han organizado para impulsar una reforma a la Ley Antidiscriminación. Una iniciativa que, poco a poco, ha ido prosperando en el Congreso y que hoy se encuentra en su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados y Diputadas.

En general, la reforma busca “erradicar, prevenir, sancionar y reparar toda discriminación en contra de cualquier persona o grupo de personas”. Un objetivo que se pretende cumplir instaurando un procedimiento judicial expedito para “restablecer eficazmente el imperio del derecho cada vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria”. En lo concreto, con el proyecto, se redefine la conceptualización de discriminación, se establecen sus diversos tipos y también se instauran medidas concretas de reparación para las víctimas, como la indemnización monetaria por daños morales o capacitación a personas que cometen los actos de discriminación.

“La reforma busca resolver las falencias, pero no es la respuesta final a la discriminación. Más allá de eso, hay avances sustantivos de demandas históricas. Un ejemplo; con el proyecto, se proscriben las terapias de reconversión, que buscan ‘borrar’ los caracteres LGBT, sobre todo de la infancia. Ahí la Ley se pronuncia y es un antecedente importante porque quiebra con una tradición de borrado que hemos tenido que sufrir históricamente. Eso es un gran paso, pero aún en prevención falta mucho por hacer”, dice Rodrigo Mallea.

Algo similar concluye Constanza Valdés: “Esta tramitación tiene mucho de dulce y agraz. Hay avances, pero sigue siendo insuficiente porque no hay presupuesto y tampoco hay una institucionalidad correcta para su implementación. En esa línea, es necesario que exista una estructura que se dedique a esta materia, a controlar que no exista discriminación en políticas públicas o leyes. Ahí hay un nudo crítico. Además, sigue estando anclada la Justicia Civil, donde no hay capacitación y existe una carga de trabajo inmensa”.

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