Abogado y académico UC tras fallo de la Suprema por fallo de oficiales (R): "Las normas internacionales no se superponen a la Constitución"
"En Chile ha habido poquísimas acusaciones constitucionales exitosas contra ministros de la Corte Suprema, y para casos muchísimo más graves. No creo que estén ni siquiera cerca de estar los votos", indica Francisco Javier Leturia, refiriéndose a las eventuales acciones en contra de los magistrados por el otorgamiento de libertad condicional a siete condenados de Punta Peuco.
¿Qué opina de este debate? ¿Es exigible que estos condenados por delitos de lesa humanidad muestren arrepentimiento para haber recibido la libertad condicional?
Aquí hay principios generales de derecho, razones humanitarias y derechos constitucionales que se superponen y que se pueden hacer valer ante circunstancias especialísimas. Esto se balancea con todos los elementos posibles que se puedan tener sobre la mesa: el tiempo transcurrido, la cantidad de años que han estado pagando por sus delitos, la gravedad de los delitos, si es que han mostrado arrepentimiento o no, los tratados internacionales. Todo debe ser considerado. Todos aportan algo al juicio de ponderación para tomar la decisión, pero no hay ningún elemento que se pueda decir "faltó este o faltó este otro". No hay requisitos procesales formalistas… Que alguien quiera transformar un requisito de este tipo en el todo o nada, tiene más que ver con una visión todavía muy ideológica, muy teñida emocionalmente, de algunas personas. Jurídicamente, no hay requisitos insalvables.
Muchos de los que están en contra de que se hayan liberado a esos siete reos de Punta Peuco dicen que se estaría vulnerando el Estatuto de Roma. Dicen que ese es un factor que obligaría a que no se les haya dado la libertad…
De hecho, no obliga, porque si hubiesen obligado, no se les hubiere podido dar la libertad condicional. Las normas internacionales son fuentes del derecho y son razones para tener en consideración, pero no se superponen a la Constitución ni derrotan al derecho existente en Chile.
Algunos parlamentarios han anunciado que acusarán constitucionalmente a los ministros de la Corte Suprema. A su juicio, ¿qué viabilidad y sustento tiene una medida como esa?
Aquí hay dos cosas. ¿Es legítimo pensar diferente? Si tú quieres modificar leyes y prohibir cosas, lo puedes hacer. Si hay políticos que quieren cambiar el sistema legal y prohibir este tipo de rebajas de penas o cualquier otro tipo de rebajas de penas, puedes cambiar los criterios. De hecho, es lo que deberían hacer si están en contra y tienen los votos. Y lo otro es que cuando tienes poca popularidad, cuando estás desmembrado políticamente, cuando tienes pocas posibilidades de futuro político y cuando tienes poco acceso a la prensa, las acusaciones constitucionales se transforman en un mecanismo de propaganda gratuita y de protagonismo mediático. Muchos políticos están abusando de ella. En Chile ha habido poquísimas acusaciones constitucionales exitosas contra ministros de la Corte Suprema, y para casos muchísimo más graves. No creo que estén ni siquiera cerca de estar los votos.
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