Centrado en la responsabilidad penal: comisiones del Senado continúan debate de proyecto sobre reglas de uso de la fuerza

Carabineros
FOTO: Referencial (ATON).

En la instancia asistió como representante del Ejecutivo la ministra de Defensa Nacional, Adriana Delpiano, quien fue acompañada por el equipo del Ministerio.


Las comisiones de Defensa y Seguridad Pública del Senado realizaron una nueva sesión conjunta para continuar el debate de las indicaciones presentas al proyecto de ley que establece normas generales sobre el uso de la fuerza para el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de las Fuerzas Armadas.

En la instancia asistió como representante del Ejecutivo la ministra de Defensa Nacional, Adriana Delpiano, quien fue acompañada por el equipo del Ministerio. Además, también asistió personal de Interior, para formar parte del debate el cuál estuvo marcado por la aprobación de indicaciones y por la discusión en torno a la responsabilidad penal y el uso de armas de las policías en situación de franco.

Responsabilidad penal

En específico se referían a la responsabilidad que podrían tener funcionarios que estén de “franco”, desde el gobierno argumentaban que “como Ejecutivo entendemos que esa es la consecuencia jurídica y la razón por la que esa es, es porque las reglas de uso de la fuerza permiten eximirse de responsabilidad penal, pero permiten eximirse de responsabilidad penal mediante la aplicación de lo que se denominan causas de justificación”.

“Uno puede eximirse por falta de culpa o por falta de culpabilidad, por falta de tipicidad, pero también porque su conducta está permitida por el derecho mediante una causal de justificación. Precisamente la legítima defensa y el obrar en cumplimiento del deber son dos causales de justificación que eximen de responsabilidad penal”, explicaron.

Desde el Ejecutivo indicaron que “sería contradictorio que un acto que es legítimo, porque ese acto es legítima defensa, es decir que el derecho lo aprueba, al mismo tiempo causa responsabilidades civiles. Lo mismo respecto de un acto en el cual se actúa amparado por el deber que se está cumpliendo”.

“El derecho no permitiría esa contradicción. No permite que algo que esté aprobado por una norma penal al mismo tiempo sea reprochado por una norma civil respecto de la misma situación del funcionario”, agregaron.

A pesar de ello, desde el lado de los parlamentarios se aprobó la indicación que los exime, la cual expresa que “será aplicable la circunstancia eximente al personal de las fuerzas de orden y seguridad pública cuando estando de franco haga uso de la fuerza con el objeto de repeler o impedir una agresión actual o inminente que pueda afectar su integridad física o su vida o la de un tercero. O impedir la comisión de un delito en los términos del artículo 10 número 6 del Código Penal empleando para ello armas o cualquier otro medio de defensa”.

Está se votó con unanimidad por parte de los senadores, quienes especificaron que la indicación era para cuando los funcionarios no estuvieran atados al “cumplimiento del deber” por movilizarse de franco.

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